TU NO ESTAS SOLO O SOLA EN ESTE MUNDO Si te gustó un asrticulo compártelo, difundelo, envialo a las redes sociales, facebook, twitter.

viernes, octubre 03, 2008

Ahorro Previsional Voluntario Colectivo APVC

Contribuye Usted su Empresa y el Estado x + pensión
 
Asesoría Previsional para una mejor pensión
 

APVC

Es un contrato de ahorro suscrito por un empleador, por si y en representación de sus trabajadores, con una institución autorizada y entre otras una compañía de seguros.

Contribuyen tanto el trabajador como el empleador (Matching).

Requisito de permanencia en la empresa para que un trabajador adquiera propiedad de los aportes de su empleador (Vesting).

Puede acceder a bonificación estatal anual equivalente al 15% de lo ahorrado con un máximo de 6 UTM

Aporte del empleador se considera gasto de la empresa.

Pueden existir varios planes al interior de una empresa.

Se requiere un 30% de trabajadores que adquieran el plan como mínimo y en empresas sobre 1000 trabajadores, el mínimo de un plan es de 300 trabajadores adscritos al plan.

Puede elegir entre 2 regímenes de beneficios tributarios, para gozar ahora excepción tributaria.o cuando se pensione.

Para que el trabajador obtenga para su pensión un mejor ahorro con beneficios tributarios en su cuenta de capitalización individual y la empresa obtenga la fidelización y lealtad de trabajadores  y una mejor motivación que puede incidir en una mayor producción de la empresa,
contáctese oportunamente con Luis Fernando Correa, Corredor de Seguros y representante legal de Correa Bull y Compañía Corredores de Seguros, quién organizará su APVC en alrededor de un mes.

Teléfonos 09-93402000 y 02-4945500 Email: luisfdo.correa@vtr.net Messenger: lfcorrear@hormail.com * Skype: joropo_1  Página web: Buscar en google.cl: "Asesoria Previsional" y maspension esta en 1a. página.

No.POL. en trámite de Chilena Consolidada. Cabe señalar que los trabajadores y la empresa tendrán toda la información de las cuentas y un variado portafolio de inversiones a través de la web con una clave individual, que permitirá modificaciones.


 

     

De acuerdo a lo dispuesto en el articulo 28 b) de la Ley Nº 19.496 , Toda comunicación promocional o publicitaria enviada por correo electrónico deberá indicar la materia o asunto sobre el que versa, la identidad del remitente y contener una dirección valida a la que el destinatario pueda solicitar la suspensión de los envíos. El que escribe estas palabras es una persona que respeta sus derechos. Si desea ser quitado de la lista de distribución por favor solicítelo a: lfcr_@vtr.net Muchas gracias.

No hay comentarios.: