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martes, julio 01, 2008

cogen recurso de inaplicabilidad:

cogen recurso de inaplicabilidad:
TC falla en contra de isapre que aumentó plan a mujer cuando cumplió 60 años

Organismo estimó que incremento del valor vulnera el derecho a la salud de la afiliada.

CINTHYA CARVAJAL

El Tribunal Constitucional (TC) acogió -por 6 votos contra 3- un recurso de inaplicabilidad presentado por Silvia Peña, a quien la isapre ING Salud S.A. le subió su plan de 7,4 UF a 9,4 UF, es decir, de $149 mil a $190 mil, al cumplir 60 años. La explicación de la compañía fue que el aumento se les aplicaba a todos los afiliados y además a ella por estar en un rango de edad de mayor riesgo.

Argumentando que vulnera el derecho a la protección a la salud, que está garantizado en el artículo 19 N° 9 de la Constitución, el TC declaró inaplicable el artículo 38 de la ley Nº 18.933, conocida como Ley de Isapres, que se refiere a la tabla de factores de riesgo por rango por edad, la cual se incrementa con el paso de los años y eleva los planes de salud.

En el fallo, de 69 páginas, se reconoce que la isapre aplicó las normas legales y administrativas que regulan al sector. Sin embargo, estiman que en las estipulaciones de ese contrato de salud tienen que ser respetados y promovidos los atributos que integran el derecho a la protección de la salud, lo que establece la Constitución.

Los ministros del TC, asimismo, critican el razonamiento con que las isapres modifican los contratos a personas mayores que pasan a ser "cotizantes cautivos", las que no pueden cambiarse dentro del mismo sistema porque además cuentan con "preexistencias", y aceptan el aumento. Esto, a su juicio, es una "discriminación infundada o distinción carente de justificación razonable y, en esa medida, arbitraria".

El voto de mayoría fue de los ministros José Luis Cea, Hernán Vodanovic, Mario Fernández, Marcelo Venegas, Marisol Peña y Enrique Navarro.

Rechazaron el recurso Juan Colombo, Raúl Bertelsen y Jorge Correa Sutil, quienes argumentaron que los criterios fijados por el legislador para regular el alza de precios no establecen una discriminación arbitraria, que la Constitución no prohíbe que los privados cambien el valor de sus contratos, cuando fueron hechos dentro de los límites fijados por la autoridad competente, y que no se vulnera el derecho a la salud.

PENDIENTE

Un recurso de protección que presentó la mujer está pendiente en la Corte de Apelaciones.

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1 de julio de 2008
 
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Rodrigo González Fernández
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Científicos aseguran que la sandía provoca los mismos efectos que el Viagra

Científicos aseguran que la sandía provoca los mismos efectos que el Viagra

Una rebanada de sandía podría tener efectos similares a los del fármaco para disfunción eréctil conocido como "Viagra".

Orbe


01/07/2008 - 15:47

    De acuerdo a científicos en Estados Unidos la sandía tiene ingredientes que actúan sobre los vasos sanguíneos.

    Estas sustancias, llamadas fitonutrientes, son compuestos que ocurren de forma natural en frutas y vegetales y que son capaces de reaccionar con el organismo humano y desencadenar beneficios para la salud.

    Según los autores de la investigación difundida por BBC, uno de los beneficios de la citrulina, que ahora se están descubriendo, es la capacidad de relajar los vasos sanguíneos, igual que lo hace el Viagra, asegura el estudio.

    "Entre más estudiamos a la sandía afirma el doctor Bhimu Patil, quien dirigió la investigación más nos damos cuenta de la extraordinaria capacidad de esta fruta como "potenciador" natural para el organismo humano".

    "Siempre hemos sabido que la sandía es buena para la salud, pero con cada estudio, aumenta la lista de sus importantes beneficios", señala el científico.


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    Diputados aprobaron veto a proyecto que regula el Lobby

    Diputados aprobaron veto a proyecto que regula el Lobby
    01/07/2008
    15:38:48
    Fuente:www.camara.cl 

    Sin embargo, los diputados rechazaron eliminar de las actividades que no se considerarán Lobby las gestiones desarrolladas por gremios, organizaciones no gubernamentales, fundaciones y centros de estudio, entre otros organismos. 
    También se rechazó la observación que exceptuaba de la obligación de registro de reuniones con lobbystas al presidente y miembros del directorio y al gerente general de las empresas públicas; a los ministros, fiscales judiciales y secretarios de la Corte Suprema y cortes de apelaciones; al Fiscal Nacional y fiscales regionales; a los ministros y secretarios del Tribunal Constitucional; a las autoridades del Tribunal Calificador de Elecciones a nivel nacional y regional y a los directivos de los demás órganos del Estado cuyo nombramiento o remoción corresponda al Presidente de la República con acuerdo del Senado. 

    Actividad profesional y no profesional 

    La Cámara aprobó las observaciones de la Presidenta al proyecto que regula el Lobby, y que amplían su marco de acción a la actividad no profesional. La propuesta del Ejecutivo (boletín 3407), que sólo puede ser aprobada o rechazada por el Congreso, pero no modificada, permite considerar como lobbysta a quien ejerce habitualmente la actividad sin percibir remuneración. 
    Asimismo, el veto presidencial define al lobby como la actividad que tiene por objeto promover, defender o representar cualquier interés de carácter individual o sectorial con decisiones de toda naturaleza que en el ejercicio de sus funciones deban adoptar los órganos de la Administración del Estado o el Congreso Nacional.
    Además, se elimina a las empresas públicas como sujetos pasivos de lobby, y se explica que también se considerará que se ejerce esta actividad cuando la promoción, defensa o interés se ejerza ante los jefes de gabinete de los parlamentarios o ante los secretarios de comisiones del Congreso Nacional.
    Por lobbysta se entenderá la persona natural o jurídica, chilena o extranjera que realiza en forma remunerada o habitual esta actividad, (promoción, defensa o representación de intereses de carácter individual o sectorial), la que deberá estar inscrita en un Registro público. 
    También se define la habitualidad de la realización de esta actividad, como la realización de ocho o más gestiones de lobby en el período de un mes o más de quince en un trimestre, sobre una misma materia, ante una o más autoridades, miembros o funcionarios de la Administración del Estado y/o el Congreso Nacional.

    En el Registro público de Lobbystas, deberán inscribirse todas las personas que realicen actividades de lobby. Asimismo, se define el concepto de sujeto pasivo del lobby como las autoridades, miembros y funcionarios de los órganos de la Administración del Estado, excluyendo a las empresas públicas. 
    El veto suprime el artículo que obligaba a toda persona que contratara a un lobbysta a publicarlo en su página web, por considerarlo impracticable. 
    Dentro de las actividades que no constituirán lobby, se incluyen las declaraciones efectuadas o las informaciones entregadas, de cualquier tipo, ante una comisión del Congreso Nacional, así como la presencia y participación verbal o escrita en alguna de ellas de profesionales de asociaciones sin fines de lucro, corporaciones, fundaciones, universidades, centros de estudio y cualquier otra entidad análoga que no represente intereses económicos específicos, lo que, sin embargo deberá ser registrado por dichas comisiones.

    Respecto a los 3 registros públicos de lobbystas que se crean, se indica que uno estará a cargo del Consejo para la Transparencia. Los otros dos estarán a cargo de de la Comisión de Ética del Senado y de la Comisión de Conducta de la Cámara de Diputados.La inscripción se hará ante el Registro de la institución o Poder del Estado ante quien se realicen actividades de lobby.
    Los lobbystas estarán obligados a informar trimestralmente, por escrito u otros medios electrónicos, a la autoridad encargada de llevar el Registro, sobre cualquier cambio o modificación de la información contenida en ella.
    Asimismo, los lobbystas remunerados no podrán contribuir al financiamiento de partidos políticos, campañas electorales, incluso las internas de los partidos, pactos o coaliciones de partidos. No podrán ejercer lobby, hasta después de dos años de haber cesado en sus cargos, los Ministros de Estado, Subsecretarios, Intendentes, Gobernadores y los demás funcionarios que la ley define como de exclusiva confianza del Presidente de la República. El veto también modifica el artículo que regula las autoridades y funcionarios que deberán registrar, sin considerar el lugar en que se realicen, las audiencias y reuniones que efectúen con los lobbystas y con los miembros de instituciones que no tienen calidad de lobbystas. 
    El texto permite al Presidente de la República y a los Ministros del Interior, de Defensa y de Relaciones Exteriores, exceptuarse de la obligación de registro cuando se encuentre comprometido el interés general de la Nación o la seguridad nacional.
    En la misma situación se encontrarán los Presidentes de la Cámara de Diputados y del Senado, quienes podrán exceptuarse de la obligación de registro cuando se encuentre comprometido el interés general de la Nación o la seguridad nacional. 

    Las observaciones de la Presidenta, deben ser ahora conocidas y ratificadas por el Senado


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    Ley a su alcance en bcn

    Ley a su alcance

    A través de preguntas frecuentes se explican los principales contenidos de diversas leyes.

    Reforma previsional: beneficios para mujeres

    ...........................................................................................................................................................................

    Bonificación por hijo

    Se otorgará a cada mujer un bono por cada hijo nacido vivo o adoptado, equivalente al 10% de 18 salarios mínimos, que se agregará a su fondo de pensión y se reajustará en el tiempo.

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    ¿Quiénes tienen derecho a este bono?

    Las mujeres que reciben pensiones solidarias, de vejez, invalidez o sobrevivencia, y quienes hayan cotizado en el sistema de pensiones al menos una vez en su vida laboral, aun cuando no pertenezcan al grupo social más pobre.

    No tienen derecho a este beneficio las madres que nunca cotizaron en el sistema y no son elegibles para la Pensión Básica Solidaria (segmento más pobre), así como tampoco las mujeres ya jubiladas al comienzo de la reforma (julio 2008).

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    ¿Cuándo depositan el bono?

    Para el caso de las mujeres cuyos hijos nacen después de la entrada en vigencia de la reforma, el bono se depositará al momento del nacimiento en su cuenta de capitalización individual y se incrementará con los años, en una rentabilidad determinada por la ley, hasta que cumpla 65 años y lo pueda percibir a través de su jubilación.

    En el caso de las mujeres cuyos hijos nacieron antes de la entrada en vigencia de la reforma, el bono se activa cuando comience la reforma (julio 2008) como si ésa fuese la fecha de nacimiento del hijo, y comenzará a obtener rentabilidad hasta que cumpla los 65 años, cuando lo perciba a través de su jubilación.

    Ejemplo: una mujer que tenga un hijo después de julio de 2009, podrá recibir $261.000 en su fondo de pensión. Ese dinero es para mejorar su jubilación, no lo puede retirar.

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    ¿A partir de cuándo se entregará el bono?

    A partir de julio de 2009.

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    Se separa el Seguro de Invalidez y Sobrevivencia entre hombres y mujeres

    Debido a la mayor esperanza de vida de las mujeres con respecto a los hombres, el Seguro de Invalidez y Sobrevivencia se licitará por separado. Esto implica que la diferencia de la prima que deben pagar las mujeres (que es menor), se devolverá a sus cuentas de capitalización individual, mejorando sus pensiones.

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    Compensación económica en caso de divorcio o nulidad

    El juez de familia podrá hacer uso de los recursos previsionales para compensar a los cónyuges. Así, podrá ordenar el traspaso desde la cuenta de capitalización individual del cónyuge que debe compensar a la cuenta de capitalización del cónyuge compensado, cualquiera sea el régimen patrimonial de los cónyuges.

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    ¿Qué norma regula la reforma previsional?

    La Ley N° 20.255.

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    =?iso-8859-1?Q?[Posible SPAM]=20?= Acusado de violaciones tenía Fotolog y Facebook: "Me conocerán feliz y así me verán siempre"

    VIOLADOR INTERNAUTA...TECNOLOGIA LLEGA A TODOS....

    Acusado de violaciones tenía Fotolog y Facebook: "Me conocerán feliz y así me verán siempre"

    Jesús López tenía una fuerte presencia en internet, incluso, la última actualización de su facebook la realizó ayer a las 9:20 de la mañana, dos horas antes de su detención.

    La Tercera.com


    30/06/2008 - 18:19

      A pesar de tener 75 amigos en su facebook y numerosos saludos en el fotolog, no queda claro si sus cercanos sabían sobre el pasado negro y la condena que pesa sobre sus espaldas- cuatro años con el beneficio de la libertad vigilada por tres casos de abusos sexuales- lo que sí queda claro es la personalidad egocéntrica y sociable de Jesús López, detenido ayer por la violación a una menor de edad en la comuna de Las Condes.

      Desde el 9 de junio pasado que este estudiante de análisis de sistemas se había convertido en uno de los hombres más buscados, luego de atacar sexualmente a una escolar en las afueras del mall Alto Las Condes, cuando volvía a su casa después de su jornada escolar. Sin embargo, igual se dio tiempo para actualizar sus sitios en internet, como hoy, ya que su facebook fue renovado a las 9:20 de la mañana, dos horas antes de su detención.

      "Soy una persona sencilla, sociable, cariñoso, competitivo, no me gusta perder (...) soy más que sencillo, honesto, risueño a cagar, me conocerán feliz y así me verán siempre", así se cataloga Jesús López en su fotolog, al cual tuvo acceso La Tercera.com. Las cosas que más le apasionan en la vida es el skate, deporte que plasma su personalidad egocéntrica, ya que sus tablas están marcadas con su nombre, al igual que su pecho, en el que lleva un tatuaje que luce con orgullo en sus fotografías.

      TIEMPO PARA EL AMOR
      En el año 2004 fue condenado por tres abusos sexuales, bajo el régimen de libertad vigilada. Al parecer, desde ahí que su vida cobró un vuelco, ya que muchos de sus amigos le dan fuerza para superar los problemas y lo felicitan al verlo más recuperado.

      A pesar de su extraño estado de ánimo, que queda plasmado en palabras de fuerza de amigos y reflexiones de su parte, Jesús tenía tiempo para el amor, a pesar de todas las actividades que dice realizar.

      "Te amo y no me canso de escribirlo", le dice Jesús a una amiga muy especial, una muchacha argentina que le pide que se conecte y que espera viajar pronto para verlo.

      La última conversación que tuvieron ambos mediante el fotolog fue el día de ayer y la última actualización que realizó Jesús fue el sábado 28..

      López describe su cita ideal como "más que hacer cosas y salir, una cita perfecta llega a ser eso, sólo cuando se está con la persona correcta, sin importar el qué hacer, la compañía es lo que marca la diferencia, pero me gusta salir e inventar cosas nuevas, me mata lo monótono de las cosas, no lo soporto", dice.

      galeria relacionadaImágenes personales de Jesús López

      articulo relacionadoEn prisión preventiva queda segundo imputado de violaciones en Las Condes


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