La Alta Comisionada Adjunta de Naciones Unidas para los Derechos Humanos, con sede en Ginebra, ha advertido mediante comunicación formal al Presidente del Senado, que importantes disposiciones del proyecto de ley que crea el Instituto Nacional de Derechos Humanos, aprobado en particular por la Cámara de Diputados y en general por el Senado, no se ajustan a los principios internacionales que rigen las instituciones nacionales de derechos humanos. 2-. La normativa internacional fue aprobada por la Asamblea General de las Naciones Unidas en 1993 y es conocida como los Principios de Paris. Regulan el establecimiento de las instituciones de promoción y protección de los derechos humanos en los países miembros y definen principalmente los requisitos de independencia frente a los poderes del Estado y la participación de la sociedad en su composición y ejercicio de sus facultades. 3-. En archivo adjunto puede accederse al pronunciamiento mencionado (en inglés y español) y apreciarse en él, los aspectos que particularmente preocupan al organismo internacional, entre ellos, la participación de representantes del Gobierno en el órgano resolutivo del Instituto. 4-. En el último tiempo, diversos Comités de las Naciones Unidas encargados de velar por el cumplimiento de las obligaciones asumidas por los Estados al hacerse parte de los Pactos Internacionales, han instado al Estado de Chile para la creación de un defensor o institución nacional de derechos humanos, conforme a tales Principios, siendo los más recientes el Informe del Comité de los Derechos del Niño y el informe del Comité de Derechos Humanos (Pacto de Civiles y Políticos), en marzo de este año. 5-. El Capítulo Chileno del Ombudsman, corporación de sociedad civil que desde 1985 promueve la Defensoría del Pueblo, lamenta profundamente que un proyecto de ley tan avanzado en su tramitación, no se haya plenamente ajustado a las normas internacionales, a pesar que su Mensaje afirma que el proyecto se ciñe estrictamente a los Principios de Paris y contarse con los medios para asegurar tal objetivo. 6-. Valoramos la creación de un Instituto para determinadas funciones. Desde hace más de dos años hemos colaborado con las autoridades, haciendo presente las materias que no competen al Instituto y las discrepancias del proyecto de ley con los Principios de Paris. Nos hemos reunido con parlamentarios de las comisiones de derechos humanos de la Cámara y del Senado, y con autoridades de los dos últimos gobiernos. Ha sido además nuestra pública posición ante organizaciones de derechos humanos y la hemos expuesto en seminarios, medios de comunicación y foros nacionales e internacionales. 7-. Llamamos al Gobierno y al Congreso Nacional, colegisladores en nuestro sistema institucional, a acoger los aportes que hoy se les formula y a adoptar las medidas necesarias para asegurar el más estricto apego a la normativa internacional, mediante reformas sustanciales al actual proyecto, o una nueva formulación de una institución nacional de derechos humanos. Si ha de elaborarse un nuevo proyecto, solicitamos considerar la posibilidad de una Defensoría del Pueblo, que es la forma de estas instituciones en la gran mayoría de los países iberoamericanos. 8.- El Capítulo Chileno del Ombudsman continuará colaborando con todas las autoridades nacionales para lograr que uno de los compromisos más importantes asumidos por los cuatro últimos gobiernos democráticos, el mejor resguardo de los derechos humanos civiles, culturales, económicos, políticos y sociales, sea finalmente una realidad. Santiago, 12 de Junio de 2007. ROBERTO GARRETON JUAN DOMINGO MILOS Vicepresidente Presidente www.ombudsman.cl |