Renta Vitalicia Privada Obtenga una renta vitalicia privada que es un producto noble y de excelencia porque la pension mensual recibida los días 20 de cada mes esta libre de impuesto a la renta, es decir no tributa como si no la hubiese recibido. Es la solucion entre tantos ejemplos para una persona que quiere dejar aclarado en vida en tema de la herencia. Una renta vitalicia privada es un negocio de seguridad. Usted paga la prima única con un cheque o vale vista si ha vendido una propiedad o ha hecho un rescate de un fondo mutuo. A disfrutar más la vida porque riqueza no es lo que se tiene sino lo que se disfruta, esta es la mejor inversion | | Objetivos
Mantener su actual standard de vida; Vivir mucho mas tranquilo; Comenzar una nueva actividad o negocio. Comprar otra propiedad; Irse a vivir a la playa, al norte, al sur, a la cordillera, o irse a otro pais; Viajar, leer, dormir, vivir en paz, entretenerse, dedicarse a su hobbie o hacer cosas que siempre ha sonado; Pagar sus creditos o ayudar en la universidad de sus hijos o nietos. Vivir lo mejor posible la edad de oro. Recuperar su dinero de la AFP mediante pensiones mensuales. Contacto Para obtener los beneficios de una Renta Privada contactese oportunamente con Luis Fernando Correa, Asesor Previsional, quién le podra cotizar y hacer todo el tramite. * Telefonos 93402000 y 02-4945500 Email movil luisfernandocorrea@gmail.com * Email oficina luisfdo.correa@vtr.net * Messenger lfcorrea@hotmail.com *Skype: joropo_1 * Pagina Web: buscar en google.cl por "tramites de jubilaciones " y estamos en los primeros lugares. | Renta Vitalicia Privada pagada por su empresa o por usted. 1) Pensión mensual de Renta Vitalicia Privada pagada por su empresa: Si usted es un ejecutivo TOP negocie con su empresa una indemnizacion con Renta Vitalicia Privada, ya la pension mensual que recibira no tributa, como si no recibiera el dinero. El pago de la prima unica por parte del contratante puede ser: Cheque al dia Nominativo; Vale Vista Nominativo; Transferencia Electronica, (Solo empresas). Al traspasar a una Compania de Seguros la responsabilidad de administrar recursos que van en beneficio de un Ejecutivo TOP y cuyo aporte de capital constituyen un gasto para la sociedad anónima o limitada, fidelizara mejor el compromiso y el buen trabajo de la plana mayor de la compania con la productividad de su empresa. Una Renta Vitalicia Privada no es un instrumento financiero, es un producto preferencial de liberacion de riesgo a traves del cual se puede recibir una Renta mensual en UF, por un periodo, a partir de una fecha determinada a cambio del pago de un capital al momento de firmar el contrato. Es un seguro que protege al titular o a quien se designe durante la vigencia de la poliza. En comparacion con una Renta Vitalicia Previsional, la diferencia es que los fondos con que se financia la prima son de origen privado. En efecto. Este producto les satisface necesidades a empresas que hoy no tienen cubiertas, como por ejemplo: Planes de Retiro; Compensacion por gasto de pension; Premios; Incentivos; Donaciones; Compra venta de porcentajes de la empresa; Indemnizaciones diferidas, etc. 2) Pensión mensual Renta Vitalicia Privada pagada por usted: Otorgue u obtenga el regalo mas Grande de su vida. Invierta en usted y familia, asegurese con una Renta Vitalicia Privada recibiendo pension a partir del día 20 del proximo mes. Si recibe dinero o vendio un bien raiz y desea tener una mejor calidad de vida al disponer de más dinero en efectivo sin tener que pagar mas impuestos, o desea darle una renta a sus padres o un ser querido, o proteger a hijos minusvalidos o interdictos, o darle seguridad a tambien otra persona querida, o si quiere optimizar su capital o distribuir su renta en el tiempo, o rentistas que venden la propiedad y desean recibir su mensualidad sin complicaciones, o personas que deseen distribuir patrimonio de herencia en vida, o quiere favorecer o ser favorecido antes de una próxima posesión efectiva, o personas que quieran retirarse de la vida activa que buscan tranquilidad sin preocuparse de las fluctuaciones económicas del mercado, puede invertir en una Renta Vitalicia Privada POL.291027; POL.291028; POL.291029 y POL.294009 no previsional, es inembargable y libre de impuesto a la renta, hay libertad eleccion de beneficiarios y no esta afecto a impuesto de herencia. En virtud de este contrato de seguros, la compania pagara al asegurado una pensión mensual garantizada ya sea temporal o vitalicia. Si el asegurado fallece antes se le seguira pagando la pension a los beneficiarios libremente designados por el asegurado, hasta el fin del periodo garantizado. Una Renta Vitalicia Privada le otorga una renta mensual en UF, en cual el cliente determina a contar de que fecha y por cuanto tiempo desea recibirla, a cambio del pago de una prima unica. Un periodo garantizado entre 15 y 20 anos, dependiendo de la forma de la poliza, es recomendable porque durante ese tiempo por pensiones mensuales ya se recuperado el 100% del capital invertido, y la sobre vida es ganancia neta para el asegurado. Modalidades de Pago: Simple o Garantizado. Garantizado (Max.25 años) y en las temporales se puede garantizar maximo hasta el 75% de la temporalidad por política de la compania. No se puede garantizar el 100% de la temporalidad ya que eso implicaria cero riesgo que cubrir lo que no sería un seguro y pagaria impuesto. Coberturas: Vitalicia - Temporal - Diferida hasta 5 anos. Caracteristicas: * Las pensiones están exentas del impuesto a la renta * Se presenta como un instrumento de inversion de capital, con una ganancia libre de impuestos, no debe incluirse en la declaracion de impuestos (art. 17 Nº 3 Ley de Rentas) * La pension mensual no tiene costos de administracion ni otros descuentos legales * Sin limite de capital * Interes garantizado * Complementario a los seguros previsionales * Es un seguro inembargable, para el causante y sus beneficiarios * El seguro de Renta Privada, al igual que todos los seguros, mientras no proceda su pago, los fondos son reservas tecnicas que pertenecen a la Compania y no al asegurado * Sin embargo, una vez que se paga el seguro al asegurado o beneficiario, el pago se incorpora al patrimonio de este y desde ahi si puede embargarse * El precio es expresado en prima unica * Se puede garantizar el periodo de pago segun la modalidad contratada * Los porcentajes de pension de sobrevivencia son libres y los determina el asegurado al contratar la poliza. * Es un contrato irrevocable * Se puede descontar un monto de la renta para financiar plan de salud * Cuota mortuoria de UF.15 * Prima unica se paga con cheque o vale vista a nombre de la compania de seguros. * Pagos de las rentas son los días 20 de cada mes mediante deposito en cuenta corriente del cliente o cheque según elección. Es una oportunidad de invertir a tiempo en algo seguro, antes que su dinero se disperse en trivialidades, o por posible baja de sus inversiones. Una Renta Vitalicia Privada es una inversión 100% segura. He conocido personas que por anos les fue muy bien y posteriormente perdieron todo. Ellos pudieron haberse dado en su momento, una mesada con una renta vitalicia privada para toda la vida, hubiera sido una muy buena decisión. Sea un ganador: Todo el mundo sabe que todo lo que sube, baja. Si usted ya jugo y gano con sus inversiones financieras, consolidelas con una Renta Vitalicia Privada, no los deje de herencia y disfrute de sus beneficios ahora mismo. Si usted tiene un deposito a plazo y lo usa podria gastarselos a lo mejor en dos o tres anos, si no lo usa tal vez los dejaria de herencia. ¿Y donde esta el negocio? En la seguridad, porque no existe el riesgo de perder su inversion ya que retorna con creces a SUS BOLSILLOS mediante pensiones mensuales garantizadas. Esto principalmente es un seguro, pero que a largo plazo se puede transformar en un buen negocio. No pierda la oportunidad de invertir en una renta privada. Benjamín Franklin decía, "Riqueza no es lo que se tiene sino lo que se disfruta", por otra parte los buenos momentos de la vida, hay que financiarlos. Este seguro ofrece soluciones para: * Divorcio, donde se debe pagar pension de alimento y compensaciones economicas. * Hijos enfermos que se quieren dejar protegidos de por vida. * Hijos estudiando y que se quiere asegurar sus estudios. * Hijos que desean mantener a sus padres. * Profesionales independientes que quieren una renta para su vejez. * Personas que cuentan con u capital y desean repartir su herencia en vida. * Personas adversas al riesgo y que no quieren o pueden arriesgar su capital. * Personas que necesitan ingresos complementarios. * Personas que se encuentran en tramos altos de ingresos. * Profesionales independientes que necesitan un ingreso seguro en su vejez. * Personas que reciben ingresos imprevistos, primas por siniestro, indemnizaciones, herencia, juegos de azar y desean planificar sus ingresos. * Dueños de un activo y desean venderlo a cambio de una remuneracion mensual segura. * Personas que deben mantener a familiares o terceros. * Personas que desean distribuir su herencia en vida. * Empresas que deseen planificar de manera eficiente los planes de retiro a sus ejecutivos. * Empresas que tiene la necesidad de indemnizar a sus trabajadores cuando sucede un accidente. Para tener un mejor pasar en la edad de oro, los beneficios de una Renta Vitalicia Privada garantizada le financiara una mejor calidad de vida de usted entorno a los suyos, sin temor a que se le agote su capital debido a que el riesgo de sobrevida lo asume la Compania de Seguros. Ademas esta inversión retornaria integramente a sus bolsillos si toma una Renta Vitalicia garantizada a 15 anos, la cual recomiendo, de esta forma, no tiene nada que perder y mucho que ganar. Otras opciones de inversion requieren una constante administracion; renovacion de los depositos, estar atento a las fluctuaciones de las acciones, Etc. Con una renta vitalicia privada usted recibe mensualmente su renta sin preocuparse de nada. Compañias de Seguros: Consorcio Nacional; Chilena Consolidada; EuroAmerica; Bice Vida; Ohio National; CorpVida; Cruz del Sur: Principal; MetLife; Interamericana; Security. De acuerdo a lo dispuesto en el articulo 28 b) de la Ley Nº 19.496 , Toda comunicación promocional o publicitaria enviada por correo electrónico deberá indicar la materia o asunto sobre el que versa, la identidad del remitente y contener una dirección valida a la que el destinatario pueda solicitar la suspensión de los envíos. El que escribe estas palabras es una persona que respeta sus derechos. Si desea ser quitado de la lista de distribución por favor solicítelo a: lfcr_@vtr.net | |