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martes, febrero 19, 2008

14 DESAFIOS DE LA INGENIERIA

La ingeniería del siglo XXI se enfrenta a 14 desafíos principales

La sostenibilidad, la salud, la reducción de la vulnerabilidad y la calidad de vida, engloban a todos ellos


La ingeniería se enfrenta a 14 desafíos esenciales para este siglo, que responden a las necesidades de una población cada vez mayor. Estos desafíos se basan en cuatro importantes pilares: la sostenibilidad, la salud, la reducción de la vulnerabilidad y la calidad de vida. Expertos de todo el mundo, convocados a petición de la National Science Foundation de Estados Unidos, han definido las materias en las que la ingeniería debería centrarse en el presente, con el fin de asegurar la prosperidad de las próximas generaciones y la pervivencia de nuestro planeta.

 Por Yaiza Martínez.


La ingeniería del siglo XXI se enfrenta a 14 desafíos principales
La National Academy of Engineering (NAE) de Estados Unidos ha hecho pública una lista de los que serían los principales desafíos de la ingeniería en el siglo XXI. Elaborada por un equipo de expertos de todo el mundo, convocados a petición de la National Science Foundation (NSF), reúne un total de 14 retos que, de alcanzarse, podrían mejorar nuestro modo de vida.

Según publica la National Academy of Science en un comunicado, estos expertos, considerados los más exitosos ingenieros y científicos de su generación, se han reunido en diversas ocasiones desde 2006 para discutir y concretar dicha lista.

Además, a través de una página web interactiva, se recibieron aportaciones de prominentes científicos e ingenieros de todas partes del mundo, así como del público en general, a lo largo de un año.

La NAE aún ofrece a cualquiera que lo desee la posibilidad de votar aquella materia que considere más importante y también de hacer sus comentarios en la web del proyecto.

Las selecciones finales fueron revisadas por más de 50 especialistas y están relacionadas con cuatro temas clave para el éxito de la humanidad: la sostenibilidad, la salud, la reducción de la vulnerabilidad y la calidad de vida. El objetivo era identificar las necesidades actuales para ayudar a las personas y al planeta a prosperar.

Avances y retos sin precedentes

Los desafíos para el siglo XXI, según los científicos, serían los siguientes:

- Conseguir que la energía solar sea accesible
- Suministrar energía a partir de la fusión
- Desarrollar métodos de secuestración del carbono
- Gestionar el ciclo del nitrógeno
- Suministrar acceso al agua potable
- Restaurar y mejorar las infraestructuras urbanas
- Avanzar en la informática para la sanidad
- Diseñar mejores medicamentos
- Hacer ingeniería inversa del cerebro
- Prevenir el terror nuclear
- Proteger el ciberespacio
- Enriquecer la realidad virtual
- Avanzar en el aprendizaje personalizado
- Diseñar herramientas para el descubrimiento científico

En la web del proyecto se señala que los ingenieros han marcado los avances de la civilización a lo largo de toda la historia, y que su presencia e influencia se ha acrecentado a partir de la Revolución Industrial, que supuso la sustitución del trabajo humano por el de las máquinas en incontables facetas. Por otro lado, en las últimas décadas se han generado avances procedentes de la ingeniería (automóviles, aviones, radio, televisión, naves espaciales, lásers, ordenadores…) que han mejorado cada aspecto de la vida humana.

Todos estos avances, por otro lado, han generado una serie de desafíos sin precedentes. A medida que la población crece y necesita expandirse, el problema de la sostenibilidad sigue aumentando, al igual que la necesidad de mejorar la calidad de vida. Nuevas y viejas amenazas de salud pública demandan por otro lado una mayor efectividad de los tratamientos médicos: vulnerabilidad ante las pandemias, la violencia terrorista o los desastres naturales requieren de investigaciones serias para la creación de nuevos métodos de protección y prevención.

También hay que asegurar el futuro del planeta, que tiene unos recursos limitados con los que no se podrá hacer frente al crecimiento de la población. Se requieren por tanto nuevas fuentes de energía, y también que se detenga y se revierta la degradación medioambiental actual.

Para ello, serán necesarias soluciones para hacer factible, tecnológica y económicamente, el uso y expansión de la energía solar y de fusión nuclear, así como el desarrollo completo de los métodos de captura del dióxido de carbono procedente de la combustión de los derivados del petróleo.

Distribución del agua

Otro importante problema medioambiental es el del nitrógeno. El ciclo biogeoquímico que extrae nitrógeno del aire para su incorporación a las plantas (nuestro alimento) ha sido alterado por las actividades humanas. Con la expansión del uso de fertilizantes y la combustión industrial a altas temperaturas, los seres humanos hemos doblado la tasa a la que el nitrógeno era sustraído del aire en la época preindustrial, contribuyendo a la aparición de fenómenos como la lluvia ácida o el calentamiento global. Urge por tanto el diseño de contramedidas para los problemas del ciclo del nitrógeno.

Asimismo, la calidad y la cantidad del agua resulta una cuestión esencial. Su escasez es muy grave en muchas regiones del mundo. El agua debe llegar a estar disponible y debe ser suministrada de manera sostenible para mantener la calidad de vida en la Tierra. Las nuevas tecnologías para la desalinización del agua del mar podría ayudar, pero las tecnologías a pequeña escala para la purificación del agua a nivel local podrían ser aún más efectivas.

En cuanto a la salud humana relacionada con la calidad del agua, aún quedan importantes cuestiones por resolver, como el problema de la malaria, que requieren nuevos métodos y tecnologías médicas. En general, la ingeniería biomédica tiene pendiente la promesa de la medicina personalizada: los médicos reconocen que cada individuo difiere tanto en el grado de susceptibilidad a las enfermedades como en las respuestas a los tratamientos, pero actualmente las tecnologías médicas ofrecen sólo soluciones estándar. La reciente categorización de la genética humana y otros avances ofrecen la posibilidad de identificar factores específicos en cada individuo que determinarán su bien estar o su tendencia a enfermar.

Inteligencia artificial y aprendizaje humano

Por otro lado, la profundización en el funcionamiento del cerebro ayudará al desarrollo de la inteligencia artificial, al mismo tiempo que deberán desarrollarse nuevas medicinas que puedan curar la expansión de nuevos virus y peligros de origen terrorista. Asimismo, habrá que afrontar las consecuencias de los desastres naturales y renovar las infraestructuras de ciudades y servicios, preservando el frágil equilibrio ecológico.

El aprendizaje y la enseñanza también son un desafío para los ingenieros: el estudio de la mente podría beneficiarse de los métodos mejorados de instrucción y aprendizaje, como el de la realidad virtual. Los esfuerzos de los ingenieros deberán centrarse asimismo en enriquecer la exploración en las fronteras de la realidad y el conocimiento, aportando nuevas herramientas para la investigación del cosmos y de la intrincada naturaleza de la vida y los átomos.

Todo este esfuerzo, advierten los autores del proyecto, han de hacerse afrontando grandes obstáculos políticos. En muchas partes del mundo, grupos atrincherados se están beneficiando de los viejos sistemas de gestión de la energía, bloqueando el desarrollo de nuevas empresas. Por otra parte, se necesitan grandes sumas de dinero para llevar a cabo los proyectos necesarios, por lo que es preciso que los ingenieros se asocien con científicos, educadores y otros sectores para promover la mejora de la ciencia, la tecnología y la ingeniería.

Necesidad de inversión

En una entrevista publicada por la School of Engineering and Applied Sciences de la Universidad de Princeton, en Estados Unidos, el profesor de ingeniería mecánica y aeroespacial de dicha universidad, Robert Socolow, señaló que esta lista ha sido elaborada en parte para que el público la conociera y pudiese comprender hasta que punto las inversiones en ciencia e ingeniería pueden mejorar la vida humana.

Socolow, que ha sido uno de los 18 pensadores independientes convocados por la NAE para señalar los principales desafíos de la ingeniería para este siglo, afirmó que sin las inversiones en investigación disfrutadas por generaciones anteriores de científicos e ingenieros, no disfrutaríamos de las ventajas de nuestra vida moderna y que, sin inversiones similares en la actualidad, se privará a las generaciones futuras la calidad de vida que podrían llegar a tener.



lunes 18 Febrero 2008
Yaiza Martínez
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Saludos
Rodrigo González Fernández
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Alcalde De la Maza anuncia que repostulará en forma independiente en Las Condes

Alcalde De la Maza anuncia que repostulará en forma independiente en Las Condes
 
Francisco De la Maza, alcalde de Las Condes.
Foto: La Segunda

Anuncia que repostulará a su cargo en forma independiente
Foto: La Segunda
 
Martes 15 de Enero de 2008
Fuente :La Segunda Online/EM
A pesar que la UDI decidió no respaldar a Francisco de la Maza en la reelección de edil para la comuna de Las Condes, el actual alcalde anunció hoy oficialmente su repostulación al cargo de forma independiente para las próximas elecciones municipales.

De la Maza señaló que irá a la reelección "a todo evento", lo que configura un panorama complicado para la UDI y RN. El edil aseguró que irá fuera de pacto y que postulará nuevamente a la alcaldía de manera independiente.  Así, el jefe comunal deberá renunciar a su militancia en la UDI, lo que significará competir contra un candidato gremialista en una comuna que históricamente ha apoyado a la Alianza.

"Voy a repostular en la elección del 2008" dijo De la Maza, agregando que "he recibido el apoyo de mucha gente, y estoy abierto a recibir el apoyo de todo el que quiera respaldar mi candidatura, para continuar y terminar muchas de las obras que están en desarrollo".

Según el propio De la Maza, su postulación como independiente aún no es una alternativa completamente segura, ya que -a su juicio- el tema con la UDI aún no está cerrado.

No obstante, reconoció que su relación con el partido se deterioró porque no comparte el estilo de la colectividad, ya que a su juicio la UDI está acostumbrada a designar a dedo a sus candidatos y a ser una oposición destructiva.

"Hace tiempo que yo tengo un distanciamiento grande en la forma de enfrentar la política. En general con la UDI esta política de la confrontación total a mí no me gusta. Piñera el otro día dijo algo que yo lo vengo diciendo hace tiempo: hay que buscar un sano equilibrio entre la 'teoría del desalojo' y el 'bacheletismo-aliancista'. Uno tiene que ser oposición, pero constructiva", sentenció.
Saludos
Rodrigo González Fernández
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Cómo votar... JOVENES A INSCRIBIRSE Y VOTAR

Cómo votar

 
Publicado: 22 de agosto 2007

 

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¿Qué documentos necesita para votar?

Sólo su cédula nacional de identidad vigente.

 
¿Puedo votar si perdí mi cédula de identidad?

No, no es posible sufragar sin la cédula de identidad vigente. Tampoco sirve el comprobante de cédula de identidad en trámite que entrega el Registro Civil para este efecto.

 
¿Qué debo hacer si perdí mi cédula de identidad?

Como sin la cédula no podrá votar, deberá informar a la autoridad policial sobre su extravío y guardar la constancia que le entregarán para presentarla ante el Juez de Policía Local cuando se le cite por haber incurrido en la falta electoral de no sufragar.

 
¿Puedo votar con el pasaporte?

No, ya que el único documento válido es la cédula de identidad vigente. No existe otro documento que sirva para poder emitir su sufragio.

 
¿Puedo votar sin mi tarjeta electoral?

Sí, sólo debe mostrar la cédula de identidad vigente para poder votar. La tarjeta es útil para que lo ubiquen con mayor facilidad en el libro de registros de la mesa que le corresponde, pero no es imprescindible.

 
¿Cómo sé en qué local me corresponde votar?

A través del diario, 22 días antes del sufragio, las juntas electorales comunicarán la nómina de votantes para cada local. También puede consultar e informarse a través del sitio web www.servel.cl.

 
¿Cómo puedo informarme si soy vocal de mesa?

Las nóminas de los designados para ser vocales de mesa aparecerán en el diario, 22 días antes de la elección. Además, cada vocal recibirá en su domicilio una carta certificada informándole de su responsabilidad durante el sufragio. También puede consultar e informarse a través del sitio web www.servel.cl. Sin embargo, debe hacer esta consulta dos veces pues puede haber sido designado(a) como reemplazante de un vocal excusado.

 
¿Qué función cumplen los vocales de mesa?

Instalan la mesa de votación, entregan los votos a los votantes, cuidan del orden y formalismo de este acto y resuelven consultas de los votantes.

La mesa receptora de sufragios debe contar con al menos tres y máximo cinco vocales para constituirse. Cada una representa un rol: Presidente, Secretario, Comisario y Vocales. En caso de no estar las personas designadas, serán reemplazadas por los primeros electores que lleguen a votar, quienes no podrán negarse a cumplir esta función.

 
¿Qué debo hacer si fui designado vocal de mesa?

Debe presentarse en la fecha que se le indique, en el local de votación en el que le corresponde sufragar, para realizar la constitución de mesas.

 
¿Puedo excusarme de ser vocal?

Sí. Para ello tendrá que presentar una carta al Secretario de la Junta Electoral, aludiendo alguna de las causas contempladas en el artículo 44 de la Ley N° 18.700, como son:

  • Estar fuera del país.
  • Encontrarse a más de 200 kilómetros del lugar de votación de donde se está inscrito.
  • Estar enfermo, lo que debe acreditarse.
  • Algún impedimento grave, el que será debidamente comprobado por el juez competente.
  • Encontrarse realizando algunas de las funciones que encomienda la ley 18.700 sobre votaciones populares y escrutinios, como ser presidente de la Junta Electoral, de las mesas receptoras y de los colegios escrutadores, por ejemplo.
 

También puede reclamar alguna de las causales de inhabilidad del artículo 40 de la misma ley:

  • Ser candidato en la elección de que se trate.
  • Ser cónyuge, parientes consanguíneos o afines del candidato de que se trate.
  • Desempeñar cargos de representación popular.
  • Desempeñar cargos en la administración de gobierno (como ser ministros de
  • Estado, subsecretario, intendentes, gobernador)
  • Desempeñar un cargo en los Tribunales Superiores de Justicia o ser Juez o Fiscal.
  • Ser jefes superiores de servicio.
  • Ser Seremi, contralor o miembro activo de las Fuerzas Armadas o de orden y seguridad.
  • Ser extranjero.
  • Ser no vidente.
  • Ser analfabeto.
  • Haber sido condenado por delitos contemplados en cualquiera de las leyes que regulan el Sistema Electoral Público.

Esto sólo podrá hacerlo dentro de los tres días hábiles siguientes a la publicación de la nómina de designados.

 
¿Qué debo hacer si fui designado vocal y vivo ahora en otra ciudad?

Para que usted pueda ser reemplazado, debe encontrarse a más de 300 kilómetros del lugar en que debería desempeñarse como vocal. Debe excusarse por escrito ante el Secretario de la Junta Electoral que lo designó vocal. Si no realiza este trámite, puede ir a Carabineros el mismo día de la votación para dejar constancia del lugar en que se encuentra y deberá guardar el comprobante para presentarlo cuando sea citado por el juez. Sin embargo, deberá desempeñarse obligatoriamente como vocal si está a menos de esa distancia.

 
¿Estoy obligado a ser vocal de mesa si tengo más de 70 años?

No, ésta es una causal considerada para excusarse de ejercer como vocal, la cual debe ser presentada por escrito ante la Junta Electoral.

 
Tengo que trabajar el día de las elecciones. ¿Qué hago?

Su empleador deberá conceder los permisos necesarios, sin descuento de remuneraciones, a los trabajadores que sean designados vocales de mesas receptoras de sufragios, miembros de colegios escrutadores o delegado de una Junta Electoral.

Por otro lado, ninguna autoridad o empleador podrá exigir servicio o trabajo alguno que impida votar a los electores.

En el caso de aquellas actividades que necesariamente deban realizarse el día de un plebiscito (por ejemplo, atención en servicios de salud o periodistas), los trabajadores tienen derecho a ausentarse por un lapso de dos horas, con el propósito de que puedan asistir a votar, sin descuento de sus remuneraciones.

 
¿Qué sucede si fui designado vocal de mesa y no asistí a cumplir esta función?

Incurre en una infracción electoral. Esto significa que puede ser sancionado con una multa a beneficio municipal que va desde 2 a 8 UTM.

 
¿Me pagan por ser vocal de mesa?

No, es un acto por el cual no se percibe remuneración.

 
¿Hasta qué hora puedo ir a votar?

Se puede votar dentro de las 9 horas de funcionamiento de las mesas receptoras de sufragios. La hora de inicio depende del momento en que se declaró abierta la votación en cada mesa. Generalmente, esto sucede después de las 07:00 am, porque la ley establece que la mesa debe ser instalada a esa hora.

 
¿Puedo votar si soy no vidente?

Sí. Los no videntes cuentan con una plantilla especial que posee ranuras correspondientes a cada candidato. Estas plantillas estarán disponibles el día de la elección en la Oficina Electoral de cada recinto en que funcionen mesas receptoras.

 
¿A quién debo dirigirme si soy discapacitado y necesito ayuda para llegar a la mesa de votación?

A los discapacitados se les permite ir acompañados de una persona mayor de edad hasta la mesa de votación. La persona que asiste a un discapacitado ingresará con ella a la cámara secreta. También pueden solicitar, mediante lenguaje de señas o por escrito al presidente de la mesa, ser asistido en el mismo acto de votar.

 
¿Qué leyes que regulan el proceso de sufragio en Chile?
La Ley N° 18.556, título IV, del 1 de octubre de 1986, que corresponde a la Ley Orgánica Constitucional sobre Sistema de Inscripciones Electorales y Servicio Electoral.
 
También existe la Ley N° 18.700, Orgánica Constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios, del 6 de mayo de 1988, que regula los procedimientos para la preparación, realización, escrutinio y calificación de los plebiscitos y de las elecciones de Presidente de la República y parlamentarios.
Saludos
Rodrigo González Fernández
DIPLOMADO EN RSE DE LA ONU
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Tribunales de familia

Tribunales de familia

 

Publicado: 27 de agosto 2007 

 


 

 
¿Qué características tienen los Tribunales de Familia?
  • Los juicios son orales, haciendo los procesos más informados y rápidos.
  • Respeto y protección a la intimidad. Los jueces se preocupan durante todo el proceso, de cuidar la intimidad de las partes en conflicto, especialmente la de los niños.
  • El juez al tener contacto directo con las partes, puede hacer más expedita la tramitación del juicio. Determina los plazos y fija los procedimientos más adecuados a cada uno de los conflictos.
  • En todos los juicios el Juez primero busca lograr acuerdos. Se pretende que las partes puedan dar solución en forma pacífica y más rápida a su conflicto.
  • Si las partes tienen varios conflictos de familia, éstos se concentran en un solo juicio, siempre que estén sometidos al mismo procedimiento. Así un solo tribunal y un solo juez dicta sentencia sobre todas las materias expuestas.
  • Respeto al interés superior del niño. Habrá una consideración principal por el respeto de los derechos de niños, niñas y adolescentes.
 
¿Qué materias abordan los Tribunales de Familia?
  • Derechos y deberes relacionados con el cuidado de los hijos; alimentos, cuidado personal (tuición), la relación directa y regular con los hijos (derecho de visitas), patria potestad, violencia intrafamiliar, autorización de salidas de niños y niñas fuera del país, filiación, entre otros.
  • Conflictos y situaciones vinculados al matrimonio, violencia intrafamiliar, adopciones, nulidades, divorcios, separaciones judiciales, separación de bienes, bienes familiares.
  • En general todas las cuestiones personales derivadas de las relaciones familiares.
 
¿Cómo se accede a los Tribunales de Familia?

Cualquier persona puede presentar una demanda en los Tribunales de Familia, no siendo necesario tener abogado, a menos que la otra parte contrate uno. En ese caso, el juez está obligado a designar un abogado de la Corporación de asistencia judicial o bien el abogado de turno.

  • Se puede concurrir al juzgado a presentar oralmente la demanda la que será redactada por un funcionario del juzgado, o
  • Presentar una demanda por escrito, en cuyo caso, deberá ir acompañada de los documentos que la apoyan, como los certificados de nacimiento, matrimonio, etc., según corresponda.

Existen cinco tipos de procedimientos en los Juzgados de Familia:

  1. Procedimientos ordinarios: los que se aplican para todas las materias. Estos procedimientos tienen la promesa de que en el más breve plazo, una vez presentada la demanda, se realizará la primera audiencia con el juez.
  2. Procedimiento especial para los casos de violencia intrafamiliar: una vez presentada la demanda, en un plazo no mayor a 10 días, se realizará la audiencia preparatoria del juicio.
 
  1. Procedimiento especial de aplicación de medidas de protección de niños, niñas y adolescentes: en este caso las audiencia preparatoria se debe efectuar en no más de 5 días, de presentada la demanda.
 
  1. Procedimiento que resuelve las solicitudes de las partes, donde no hay conflicto.
 
  1. Procedimiento que sanciona faltas contempladas en las leyes penales, exceptuándose ciertas faltas como las relacionadas con drogas, cometidas por mayores de 16 años.
 
¿Qué ley rige a los Tribunales de Familia?
Saludos
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Testamentos ¿COMO PODEMOS HACER UN TESTAMENTO?

Testamentos

 


Publicado: 25 de julio 2007 

 
 ¿Qué es un testamento?

Es un acto por el cual una persona (el testador) disponer que todos o parte de sus bienes sean heredados por terceros después que fallezca.

Según la ley, hay varios tipos de testamento:
  • Testamento solemne: es el que más se utiliza. Debe ser escrito y otorgarse ante testigos mayores de 18 años. El testamento solemne puede ser abierto o cerrado. En el primero, el testador informa de su voluntad a un notario y a testigos. En el segundo caso, el testador presenta al notario y a tres testigos una escritura cerrada, declarando de viva voz que en ella se contiene su última voluntad.
  • Testamento menos solemne: pueden omitirse las formalidades que la ley habitualmente requiere, como la presencia de un notario. Este tipo de testamento se da generalmente en casos en que la vida del testador se encuentra en peligro inminente. Hay tres tipos de testamentos menos solemnes: el verbal, el militar y el marítimo. Estos dos últimos sólo se dan en caso de guerra.
 
 
¿Cómo se hace un testamento?

Primero debe decidir si va a hacer un testamento solemne abierto o cerrado. Los testamentos menos solemnes sólo se dan en casos muy raros o excepcionales.

  •  Testamento solemne abierto: debe ir donde un notario con tres testigos mayores de 18 años, o llamar a cinco testigos, sin necesidad del notario. Puede dictarle el testamento al notario o tenerlo escrito para que éste lo lea en voz alta ante los testigos. En el testamento debe constar el nombre, edad, domicilio y nacionalidad del testador, detalle de sus matrimonios y de todos sus hijos, la declaración de hallarse en pleno uso de sus facultades y el nombre y domicilio de los testigos. El documento debe firmarse por el testador, el notario y los testigos.
 
  • Testamento solemne cerrado: el documento debe ser escrito y firmado por el testador y estar en sobre cerrado. En el sobre deben ponerse los datos y firmas del testador, el notario y los tres testigos. El testador debe decirles, de viva voz, que en el sobre está contenido su testamento.
 
  • Testamento verbal: la ley lo autoriza sólo si no hay tiempo para hacer un testamento solemne. Se hace de viva voz ante al menos tres testigos mayores de 18 años que sepan leer y escribir. 30 días después de la muerte del testador, hay que ponerlo por escrito. Cualquier persona interesada en la herencia puede acudir a un juez de letras, quien debe ubicar a los testigos y tomarles declaración sobre el testamento que declaró el difunto y en qué condiciones lo hizo. El testamento verbal deja de tener valor si esta formalidad no se cumple en el plazo correspondiente o si el testador muere después de los 30 días de haber expresado su testamento.
 
 
¿A quiénes puedo dejar mis bienes?

En Chile los testamentos son restringidos. La ley obliga al testador a hacer algunas asignaciones forzosas a ciertas personas, lo que rige habiendo o no un testamento de por medio.

 

Estas asignaciones obligatorias abarcan, por una parte, la mitad de los bienes, donde se encuentran los alimentos forzosos (asegurar la alimentación de algún hijo, por ejemplo) y las asignaciones legítimas a herederos como el cónyuge, descendientes o ascendientes (padres y abuelos) y por otra parte, la cuarta de mejoras, con la que el testador puede mejorar la cuota de ciertos herederos.

 

Entonces el testador sólo puede disponer de la mitad de sus bienes. Esta mitad se compone de una cuarta parte denominada "cuarta de mejoras", con la cual puede aumentar los beneficios de su cónyuge, descendientes o ascendientes, y otra cuarta parte llamada "de libre disposición", que sí puede dejar libremente a cualquier persona.

 

En resumen, el 50% de los bienes va a los herederos forzosos, el 25% va para mejorar a alguno de los beneficiados por la primera mitad, y el otro 25%, a quien el testador desee

 
¿Quiénes son los herederos forzosos?

Las personas que suceden al fallecido en sus bienes y deudas de acuerdo al siguiente orden de sucesión, de mayor a menor derecho:

 
  • Primer orden: los hijos y el cónyuge que lo sobrevive (marido o mujer). En el caso de haber fallecido algún hijo del testador, heredan en su lugar los hijos de éste, es decir, los nietos del fallecido.
 
  • Segundo orden: si no tiene descendientes, heredan los padres u otros ascendientes más próximos y el cónyuge que lo  sobrevive. En caso de faltar el padre, la madre y el cónyuge sobreviviente, son herederos los abuelos que estén vivos. En caso de estar fallecidos todos los abuelos, son herederos los bisabuelos vivos.
 
  • Tercer orden: si faltan los anteriores, heredan los hermanos, sean por parte de padre y madre, o sólo de uno de ellos. En caso de estar fallecido alguno de los hermanos, heredan en su lugar los hijos de ese hermano fallecido.
 
  • Cuarto orden: en caso de faltar todos los anteriores, tienen derecholos parientes consanguíneos que descienden de un tronco común, sin ser ascendientes o descendientes entre sí. Los parientes de grado más próximo excluirán a los más lejanos. En primer lugar están los tíos. En caso de no existir ningún tío vivo, heredan los primos de la persona fallecida.
 
 
¿El testamento sólo sirve para transmitir bienes?

No, también se pueden realizar declaraciones, como por ejemplo, nombrar un guardador para sus hijos o reconocer un hijo no matrimonial. 


¿Cuál es la diferencia entre herencia y legado?

La herencia corresponde a todo o parte del patrimonio del testador. El legado corresponde más a bienes particulares, concretos y específicos, como por ejemplo un auto o una obra de arte. 


¿Quiénes no pueden hacer un testamento?
  • La mujer menor de doce años y el varón menor de catorce años de edad, pues según la ley, son absolutamente incapaces.
  • Las personas que no están en su sano juicio por ebriedad u otra causa.
  • El demente privado de la administración de sus bienes, a quien se le designa un representante legal.
  • Aquellas personas que no puedan expresar claramente su voluntad. 

¿Se puede revocar un testamento?

Sí, es revocable mientras viva el testador. Basta con que éste haga uno nuevo. Sin embargo, es recomendable incluir una cláusula donde quede claro que el documento anterior queda nulo.


¿Se le puede encargar a un tercero que realice un testamento?

No, es un acto de una sola persona. En consecuencia, son nulos los testamentos mancomunados o conjuntos, así como la posibilidad de testar por medio de un mandatario o representante. La niña que ha cumplido doce años y el varón que ha cumplido catorce años, pueden testar libremente y sin necesidad de autorización alguna. 


¿Cómo se hace cumplir un testamento?

El testador puede haber designado antes un albacea o ejecutor testamentario, que es la persona encargada de hacer cumplir lo que dice el testamento.

 

Tras la muerte del testador, el albacea debe informar a los herederos que existe un testamento y que representa la última voluntad de la persona. Luego él deberá hacer las gestiones necesarias ante los tribunales para que lo que el testamento dice respecto a bienes materiales sea incorporado a la posesión efectiva.

 

Si el testador no ha designado un albacea, cualquier heredero puede ejecutar el testamento solicitando la posesión efectiva ante tribunales, con la asesoría de un abogado. 

 
¿Es necesario que siempre haya un notario para hacer un testamento?

No, la ley reconoce un tipo de testamento llamado menos solemne, donde pueden omitirse algunas formalidades como la presencia de un notario. Sin embargo, esto sólo puede darse en situaciones extraordinarias, como cuando la vida del testador se encuentra en peligro inminente. 


¿Es necesario que siempre haya un abogado para hacer cumplir un testamento?

Sí, para que haga la gestión ante los tribunales. 


¿Dónde se puede consultar por un testamento?

En el Servicio de Registro Civil e Identificación. Ellos cuentan con un Registro Nacional de Testamentos donde es posible ver la fecha, el nombre y RUN del testador, además de la clase de testamento. Sólo esos datos pueden ser consultados por el público, el contenido no se puede revelar. 


¿Se pueden heredar bienes sin mediar un testamento?

Sí, el Código Civil en su libro III (art. 980 a 998) establece normas para la sucesión intestada (sin testamento) para cuyo efecto los herederos deberán iniciar el trámite de posesión efectiva ante el Servicio de Registro Civil

 
¿Qué leyes rigen los testamentos?

El Código Civil, a través de disposiciones en su Libro Tercero (art. 951 a 1436), y la Ley N° 19.903 sobre posesión efectiva de la herencia.

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Protección a la maternidad

Protección a la maternidad

 

Publicado: 28 de agosto 2007 

 

 

 
¿Cómo me protege la ley frente a un embarazo?

Otorga derechos de descansos, subsidios y fueros a todas las trabajadoras embarazadas, a los padres trabajadores, al niño y al trabajador/a que tengan a su cuidado un menor.

 
¿Qué tipo de empresas deben cumplir con la protección a la maternidad?

Todas las empresas e instituciones públicas y privadas, incluso los centros comerciales y malls. Y en todas las sucursales o faenas que posea la empresa.

 
Como madre trabajadora, ¿a qué descansos tengo derecho?
  • Prenatal: seis semanas antes del parto.
  • Postnatal: doce semanas después del parto.
 
¿Se pueden ampliar los permisos de pre y post natal?
Sí, en los siguientes casos:
  • Descanso prenatal suplementario: en caso de enfermedad durante el embarazo.
  • Descanso prenatal prorrogado (parto tardío): en caso de que el parto se produjera después del descanso prenatal (6 semanas). Este descanso se extenderá hasta el nacimiento del niño/a y a partir de esa fecha se contará el descanso postnatal.
  • Descanso postnatal suplementario: en caso de enfermedad como consecuencia del parto.

Todos estos casos deberán ser acreditados por certificados del médico tratante.

 
Como padre, ¿tengo algún derecho?

Sí, los derechos del padre son:

  • Permiso pagado de cinco días en caso de nacimiento de un hijo, el que podrá utilizar a su elección desde el momento del parto en días corridos, o distribuirlos dentro del primer mes desde la fecha del nacimiento.
  • Permiso pagado de cuatro días en caso de que se le conceda la adopción de un hijo, contado desde la resolución judicial que le otorgó el derecho.

    - En caso de muerte de la madre durante el parto o el período posterior a éste, corresponderá al padre cumplir el permiso postnatal o el resto de él para el cuidado del hijo.
 
Si adopto un hijo, ¿tengo derecho a la protección de maternidad?

Sí, todos los derechos de permisos y subsidios maternales también se aplican a los casos de adopción, tuición o cuidado personal de menores, siempre que se presente la resolución judicial correspondiente.

 
¿En qué otros casos puedo hacer uso de la protección a la maternidad?

En casos de hijos menores de un año con enfermedad grave e hijos menores de 18 años en caso de accidente grave o enfermedad con riesgo de muerte.

 
¿Qué es el fuero maternal?

El derecho que tiene toda mujer trabajadora a no ser despedida por su empleador al momento de quedar embarazada y hasta un año después de que termine el período post natal, o post natal suplementario según sea el caso.

El derecho a fuero puede ser anulado, es decir, usted puede ser despedida si su empleador cuenta con una autorización judicial.
 
¿Puedo ser despedida durante el período de pre y post natal?

No, legalmente el empleador no puede despedirla durante los respectivos descansos de maternidad que le correspondan, salvo si su empleador cuenta con autorización judicial.

 
Y si me despiden durante el período de fuero maternal, ¿dónde y cuándo puedo reclamar?

Ante los Tribunales del Trabajo en el plazo de 60 días hábiles contados desde el día del despido.

 
Durante los períodos de pre y post natal, ¿sigo recibiendo mis remuneraciones o rentas?

Sí, usted recibe un subsidio maternal que equivale a la totalidad de su sueldo. Sólo se descontarán las imposiciones de previsión y descuentos legales que correspondan.

 
¿Cómo se calcula el subsidio maternal?
  • Para trabajadoras dependientes, se calcula sobre el promedio de las remuneraciones, subsidios o ambos que haya percibido los últimos tres meses anteriores a la licencia pre natal.
  • Para trabajadores independientes, la base de cálculo considera el promedio de las rentas, subsidios o ambos, que haya percibido los seis meses inmediatamente anteriores a la licencia por prenatal.
 
¿Puede mi empleador condicionar mi contratación por estar embarazada o en edad fértil?

No, ningún empleador puede condicionar la contratación, ni exigir certificados que acrediten esta situación al momento de contratar a una mujer.

¿Cuándo tengo derecho a sala cuna?

Cuando trabaja en una empresa que ocupa veinte o más trabajadoras de cualquier edad o estado civil.

 
¿Debe mi empleador construir una sala cuna en la misma empresa o tiene otras opciones a su alcance?
Su empleador tiene 3 opciones:
  • Mantener o construir salas anexas e independientes del local de trabajo, pero de propiedad de la empresa.
  • Mantener en forma conjunta una sala cuna con otros empleadores.
  • Designar y pagar una sala cuna externa, que cuente con autorización de la Junta Nacional de Jardines Infantiles (Junji).
 
Si no me gusta la sala cuna de la empresa, ¿puedo exigir a mi empleador el pago de una sala cuna externa?

No, si el empleador mantiene o paga una sala cuna determinada, usted debe llevar a su hijo a esa sala cuna. De lo contrario, deberá costearla usted misma.

 
Al volver al trabajo luego del postnatal, ¿puedo pedir permiso de salida para alimentar a mis hijos?

Sí, existe el derecho a la alimentación de los hijos hasta 2 años. Las madres trabajadoras disponen de una hora al día para dar alimento a sus hijos. Tiempo que puede dividirse en dos bloques de media hora cada uno. También pueden retrasar el ingreso o salida en media o una hora.

 
¿Quién fiscaliza la puesta en práctica de la protección a la maternidad?

La Dirección del Trabajo. En el caso específico de las salas cunas, la entidad encarga de la fiscalización es la Junta Nacional de Jardines Infantiles (Junji).

 
¿Existen sanciones para quienes no cumplan la norma de protección a la maternidad?

Sí, las infracciones contemplan multas de 14 a 70 UTM.

 
¿Qué leyes regulan la protección a la maternidad?

El Código del Trabajo.

Saludos
Rodrigo González Fernández
DIPLOMADO EN RSE DE LA ONU
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Filiación,¿ sabe ud lo que es la filiación? en BCN .CL

Filiación

 

Publicado: 28 de agosto 2007   

 

 

 
¿Qué es la filiación?

La relación de descendencia que existe entre dos personas, una de las cuales es el padre o madre de la otra.

 
¿Cuáles son los tipos de filiación?
  • Filiación por naturaleza, la cual puede ser matrimonial o no matrimonial
  • Filiación por adopción
 
¿Cuáles son los principios básicos en materia de filiación?
  • Igualdad de todos los hijos, de modo que no sean discriminados cualquiera que sea la circunstancia de su nacimiento, es decir, sean habidos dentro o fuera del matrimonio.
  • Supremacía del interés superior del niño, lo cual supone considerar al niño como sujeto de derecho, procurando su mayor realización espiritual y material posible, guiarlo en el ejercicio de sus derechos esenciales conforme su edad y desarrollo. El Estado y sus organos debe garantizar estos derechos, adecuando la legislación chilena a la Convención de Derechos del Niño.
  • Toda persona tiene derecho a la identidad, a conocer su origen biológico, a pertenecer a una familia. De este principio surge la posibilidad de investigar la paternidad y maternidad.
 
¿Cómo puede determinarse la filiación?
A través de tres fuentes:
  1. La ley, que determina la filiación en base a ciertos presupuestos, por ejemplo, los hijos nacidos dentro del matrimonio.
  2. El reconocimiento voluntario que hace el padre, la madre o ambos sobre el hijo.
  3. La sentencia judicial, esto es, cuando un tribunal declara la paternidad o maternidad anteriormente no conocida o modifica una ya determinada.
 
¿Dónde concurrir para determinar una filiación?

Son competentes para conocer de un juicio de filiación los Juzgados de Familia. En estos tribunales es posible ejercer las siguientes acciones de filiación:

  1. Acción de reclamación de filiación, que busca posibilitar la investigación de la paternidad o maternidad.
  2. Acción de impugnación de filiación, que busca desconocer una filiación previamente determinada.
  3. Acción de simple desconocimiento de la paternidad matrimonial del hijo que nace antes de los 180 días desde la celebración del matrimonio.
  4. Acción de nulidad de reconocimiento de un hijo.
 

Los juicios de filiación de desarrollan en dos audiencias en los Tribunales de Familia. Si en la primera audiencia se reconoce la paternidad, el juicio queda concluido. Si la parte demandada no comparece, niega o manifiesta dudas acerca de su paternidad, el juez ordenará de inmediato la prueba de ADN. En la segunda audiencia es donde se presentan las pruebas.

Los juicios de filiación se podrán presentar en el tribunal del domicilio del demandado o del demandante, a elección de este último.

 
¿A través de qué medios se posibilita la investigación de la paternidad o maternidad?

En los juicios de filiación, la ley posibilita la investigación de la paternidad y maternidad, mediante el uso de toda clase de pruebas.

En la actualidad, los exámenes de ADN permiten confirmar la paternidad y también la identidad biológica con certezas superiores al 99,9%.

Hoy este examen obligatorio. En caso que la persona a quien se le imputa la paternidad se oponga al examen de ADN, el juez lo llamará de nuevo y si se resiste otra vez, el juez tomará este factor como una presunción positiva de paternidad o maternidad, o la ausencia de ella, según corresponda. Con esto, se termina con la práctica de los padres que evitan realizarse tal examen.

 
¿Cuáles son los efectos de la filiación?

Existen los derechos-deberes de los padres, englobados dentro de la autoridad paterna:

  1. La crianza o cuidado personal de los hijos.
  2. La educación y establecimiento del menor, esto es, procurarle la educación, profesión u oficio que le permita subsistir por sí mismo.
  3. El derecho de visitas para el padre o madre que no tenga el cuidado personal del menor.
  4. Corregir a los hijos sin menoscabar su salud y desarrollo personal.
  5. Los padres deben contribuir a estos deberes, a través de la obligación de dar alimentos.   
 

La filiación hace surgir la Patria Potestad, la que supone para el o los padres que la tengan las siguientes facultades:

  1. El derecho de usar los bienes del hijo y de percibir sus frutos.
  2. La administración de los bienes del hijo.
  3. La representación del hijo. 
Saludos
Rodrigo González Fernández
DIPLOMADO EN RSE DE LA ONU
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desde bcn.cl : Las elecciones municipales 2008

 
 

El 26 de octubre del 2008 se realizarán las elecciones municipales en las 346 comunas de Chile, y la implicancia de sus resultados tanto en la vida de los vecinos como en las elecciones presidenciales del 2009, las analizan los alcaldes de Lo Espejo, Concepción y La Serena. Todos están de acuerdo en la importancia de que los ciudadanos se inscriban en los registros electorales, y de esa forma participen del sistema.

 
 
"Todos tienen derecho a expresarse por muy molestos que estén con una situación, pero al momento de la opinión, que lo ejerzan con su voto"
 
"Que quienes no están conformes, que se inscriban, porque eso los hace participar del sistema"
 
"Es indispensable que los vecinos estén inscritos en los registros electorales, para que determinen de manera concreta, qué autoridades van a llevar adelante la conducción del desarrollo, progreso y prosperidad de su propia comunidad"
 
Quiénes se pueden inscribir - Documentación a presentar - Cancelar inscripción - Las nuevas regi
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La sobrevaloración de las redes sociales en Internet

La sobrevaloración de las redes sociales en Internet

La impactante entrada de nuevas plataformas de comunicación social, conocidas como redes sociales, en los últimos cuatro años han puesto de manifiesto la capacidad inagotable de innovación de las industrias de la información y el entretenimiento. La difusión acelerada de esta nueva manera de comunicarse (o de identificar personas con las cuales se quiere entablar comunicación) y de crear contenido individualizado hace plantearse preguntas tales como hasta qué punto se está presenciando un cambio radical en el uso de medios de comunicación.

En este contexto, inversores provenientes tanto del sector del capital de riesgo como del sector tradicional de medios de comunicación y de otras industrias adyacentes (electrónica de consumo, software, telecomunicaciones) han apostado por este nuevo fenómeno con una agresividad estratégica y financiera que nos hace recordar la fiebre del 'punto.com' de los 90.

¿Hasta qué punto se puede considerar esta apuesta acertada desde el punto de vista estratégico? ¿Hasta qué punto la valoración de estas nuevas compañías es una interpretación correcta de la capacidad presente y futura de su monetización?

Esta nueva nota ENTER analiza la dinámica subyacente en la difusión de estas redes sociales, su evolución futura y se basa en estas observaciones para plantear preguntas a la valoración financiera que se hace de estos nuevos negocios.


Saludos
Rodrigo González Fernández
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