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martes, mayo 08, 2012

Eloísa González, vocera ACES: “Ha habido compañeras a las que las han amenazado de muerte y de violación”

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Eloísa González, vocera ACES: "Ha habido compañeras a las que las han amenazado de muerte y de violación"



Humanas-Con apenas 17 años, la Vocera de la Asamblea Coordinadora de Estudiantes Secundarios (Aces), Eloísa González, es parte de las lideresas del movimiento secundario que convocó a una masiva marcha el 25 de abril pasado, que dio cuenta de la vigencia del movimiento y que dio inicio a las movilizaciones del año 2012.

Eloísa reconoce que no sabían cuántos secundarios llegarían a la masiva marcha que sorprendió a varios sectores, dado que muchos de sus compañeros que hoy se encuentran movilizados recibieron como castigo expulsiones de sus liceos, como las alumnas del Liceo Carmela Carvajal o los del Luis Alessandri. "Se veía más difícil, en ese sentido, el poder reorganizarse. Sin embargo, un 50% -60% de la marcha era secundarios. Fue muy sorprendente", sostiene la estudiante que cursa 3° medio en el Liceo Manuel de Salas.

Explicó que las personas que marcharon ese día "y que no eran precisamente nuestros compañeros -entre ellos mi mamá, por ejemplo-, son nuestros padres, son nuestros familiares. Son personas que se sienten identificadas con las demandas, porque entienden en el fondo que el problema de la educación es un problema de todos".

En relación a la evaluación de los resultados de la movilización secundaria del año pasado que hicieron en la ACES, Eloísa dijo que tuvieron 4 ó 5 asambleas discutiendo el diagnóstico de lo que fue el 2011. "El tema da para mucho, porque fue finalmente un estallido, una explosión que cambió paradigmas: lo que se concebía como educación de mercado, hoy se concibe como un derecho social, universal".

Concluyeron que el 2011 correspondía a un proceso de acumulación de fuerzas, que encuentra sus antecedentes el 2006 y el 2010, cuando se crea la ACES, y finalmente estalla el 2011. "Los secundarios estuvimos hasta el final del año firmes con respecto a sus demandas: se tomaron sus liceos. Estuvimos 9 a 10 meses en toma, lo que significa un gran desgaste". Dice que ese contexto de desgaste, que si bien significó que muchos compañeros/as fueron expulsados, "hoy no nos impide movilizarnos", asegura.

En cuanto a las proyecciones del movimiento secundario para el 2012, esperan "retomar la potencia del movimiento del año pasado, enfocado en la difusión de las propuestas que emanaron el año pasado". La vocera de ACES explicó que la Asamblea tiene una propuesta en educación secundaria que no ha tenido ninguna respuesta de las autoridades.

"No somos los cabros chicos que lo único que hacen es exigir y no estar conformes, que es la imagen que tienen muchas de las personas de la clase política en Chile. Ahora nosotros somos personas que hacen política, demandando, pero también, proponiendo".

Sobre el hecho que comparativamente con los estudiantes universitarios, los secundarios no lograron beneficios, sino que tuvieron que asumir los costos, Eloísa afirmó que es necesario considerar dos factores del movimiento secundario. El primero es que "nosotros siempre hemos constituido un movimiento muy avanzado en relación a las demandas. Desde el inicio planteamos un cambio estructural: nosotros queremos cambiar un modelo económico-político-social, porque es la única forma de cambiar la educación." Ese tipo de demanda, a su juicio implicaba la "incomodidad absoluta por parte de las autoridades, puesto que estamos justamente desestabilizando su preciado gobierno y su preciada ´estabilidad política´".

Dice que por ello han sido más ignorados por la prensa y por la clase política, "por el hecho de apuntar directo al corazón del problema, de raíz estructural".

Además, cree que el movimiento secundario pagó más fuertemente los costos porque era más fácil solucionarle las demandas de los universitarios, que son de tipo más superficial: ellos abordan cómo se financia la educación, mientras los secundarios exigen educación gratuita. "Estamos exigiendo reparar y construir una educación , que tiene su problema centra en la educación desde la pre-básica y la media. Nosotros vivimos en carne propia las contradicciones de este sistema".

Violencia sexual policial

Corporación Humanas lleva el caso de una estudiante que participó en la toma del río Mapocho perteneciente a la ACEs, que sufrió violencia sexual policial por parte de Fuerzas Especiales de carabineros: le patearon la vagina y tuvo sangrado vaginal.

Al respecto, la vocera de ACEs asegura que conoce muchos casos de violencia sexual policial contra estudiantes. "Yo misma, de pura suerte, no lo he vivido en carne propia (la violencia sexual)". Dice que "está tan naturalizada la violencia de las autoridades y de las Fuerzas Especiales de Carabineros de este país hacia los jóvenes y, en particular, hacia las jóvenes, que llega a ser ciertos momentos de día a día, cotidiana".

Agrega que gracias a las distintas campañas que han hecho distintos sectores y el reconocimiento de esta violencia como algo que "no es natural, que no es normal, ha permitido que muchas compañeras asuman que lo que les están haciendo es una forma de opresión que tiene que ver directamente con su sexo, con que sean mujeres".

La vocera conoce casos de jóvenes estudiantes a las que las han "manoseado", las han tratado mal psicológicamente. "Ha habido compañeras a las que las amenazado de muerte y de violación




Saludos
Rodrigo González Fernández
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Vergüenza y disculpas, tras la polémica por la edecán del debate

Vergüenza y disculpas, tras la polémica por la edecán del debate

El productor del encuentro ofreció disculpas por no supervisar el vestuario de la joven. El IFE calificó al atuendo como un "desacierto"

Lunes, 07 de mayo de 2012 a las 15:58
Una playmate atrae las miradas en el debate
Lo más importante
  • La presencia de una edecán al inicio del debate se convirtió en tendencia mundial en las redes sociales
  • El IFE se disculpó por la vestimenta que llevaba la edecán en la transmisión del debate
  • La joven llevaba un vestido blanco entallado con un escote pronunciado
  • El productor del debate, Jesús Tapia, dijo que asumía la responsabilidad

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No supervisamos el vestuario de la edecán y asumo la responsabilidad de lo que pasó
Jesús Tapia, productor del primer debate presidencial
Julia Orayen posó para la revista Playboy en el 2008 con motivo de la conmemoración de la Independencia de México (EFE).
Julia Orayen posó para la revista Playboy en el 2008 con motivo de la conmemoración de la Independencia de México (EFE).
La edecán que capturó las miradas del debate
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(CNNMéxico) — El Instituto Federal Electoral (IFE), encargado de organizar las elecciones en México, consideró un "desacierto" la vestimenta que llevaba la edecán que apareció por unos segundos al inicio del debate de este domingo entre los candidatos presidenciales para entregarles los temas que trataría, y quien se robó la atención en las redes sociales.

Los consejeros electorales "lamentan el desacierto de producción asociado a la vestimenta durante el primer debate presidencial y ofrece una disculpa a la ciudadanía y a la candidata y a los candidatos a la presidencia", aseguró el Instituto a través de un breve comunicado.

La Comisión Temporal para la Organización de los Debates está integrada por los consejeros electorales Sergio García Ramírez, Marco Antonio Baños Martínez y Alfredo Figueroa, añade el comunicado.

"No supervisamos el vestuario de la edecán y asumo la responsabilidad de lo que pasó", dijo Jesús Tapia, productor del debate en entrevista con el noticiero de Joaquín López Dóriga en Radio Fórmula. 

"Yo hice el casting para elegir a Julia Orayen. El IFE estaba al tanto que estaría presente. Se hizo una convocatoria en varias agencias de modelos y decidimos por ella por su altura", aseguró el propietario de la casa Chinampa Producciones. 

Tapia lamentó que la aparición de la edecán "haya echado al traste" las propuestas de los presidenciales.

Dos de los cuatro candidatos reconocieron este lunes que les sorprendió la apariencia de Julia Orayen, quien posó para la revista Playboy en el 2008 con un rebozo verde, a propósito de la conmemoración de la independencia de México.

Para el debate, la joven usó un vestido blanco entallado y escotado, el cual, asegruó Orayen en entrevista con W Radio ella eligió de entre varias opciones de vestuario y que nadie en las instalaciones donde se realizó el debate le dijo que no podía usarlo.  

"Nadie me dijo que no (…) Estuve dentro de las instalaciones con el vestido y ahí me maquillaron y ahí me peinaron", dijo la modelo.

Dijo que ensayó lo que haría durante su participación en el debate con gente del IFE.

En opinión de Vázquez Mota, la vestimenta de la joven fue "una decisión no acertada de alguien que no tuvo el más mínimo cuidado".

"Me pareció que no estaba acorde a la seriedad o a la importancia que tiene un debate presidencial", dijo la candidata panista, Josefina Vázquez Mota, en entrevista con la periodista Carmen Aristegui.

Gabriel Quadri, candidato de Nueva Alianza, dijo también a la periodista Aristegui que la joven le había quitado formalidad al debate y reconoció que su presencia lo puso "un poco nervioso".

"Me puso un poco nervioso, es imposible no concentrar tu atención ante una mujer tan espectacular (…) Yo nunca había estado junto a unaplaymate y la verdad creo que es algo que desconcierta", agregó.

Andrés Manuel López Obrador, candidato del Movimiento Progresista, se rehusó a comentar el tema durante su habitual conferencia de prensa matutina.

La aparición de Orayen en el debate se convirtió en tendencia mundial en la red social Twitter entre las 21:00 y las 22:30 horas.


Fuente:

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CONOCE MÁS SOBRE LA LLAMADA LEY DICOM

Ley Dicom


Preguntas frecuentes que explican en lenguaje ciudadano los principales contenidos de este tema. 


Escuche el texto de esta guía                                          Última actualización: 17 de febrero 2012

 


El Congreso Nacional ha aprobado la Ley N° 20.575conocida como "Ley Dicom" que restringe la comunicación de datos de carácter económico, financiero, bancario y comercial.



¿Qué es la comunicación de un dato económico, financiero, bancario y comercial?
Es dar a conocer de cualquier forma estos datos a personas distintas del titular.

¿Qué obligaciones se pueden comunicar?
Los registros o bancos de datos pueden comunicar aquella información referida a obligaciones de carácter económico, financiero, bancario o comercial, cuando éstas cumplen los siguientes requisitos:    

•  Consten en letras de cambio y pagarés protestados.

•  Consten en cheques protestados por falta de fondos, por haber sido girados contra cuenta corriente cerrada o por otra causa.

•  Sean obligaciones derivadas de mutuos hipotecarios y de préstamos o créditos de bancos, sociedades financieras, administradoras de mutuos hipotecarios, cooperativas de ahorros y créditos, organismos públicos y empresas del Estado sometidas a la legislación común, y de sociedades administradoras de créditos otorgados para compras en casas comerciales.

•  Se trate de otras obligaciones de dinero que determine el Presidente de la República mediante decreto supremo, las que deberán estar sustentadas en instrumentos de pago o de crédito válidamente emitidos, en los cuales conste el consentimiento expreso del deudor u obligado al pago y su fecha de vencimiento.

¿Qué cambios incorpora la nueva ley?
Los principales cambios incorporados son:

•  Sólo permite el tratamiento de estos datos para la evaluación de riesgo comercial y para el proceso de crédito y dispone que su comunicación puede efectuarse, exclusivamente, al comercio establecido y a las empresas que se dedican a la evaluación de riesgo. 

•  Prohíbe exigir estos datos para trámites de selección de personal, admisión preescolar, escolar o de educación superior, atención médica de urgencia o postulación a un cargo público.

•  Permite al titular de los datos requerir a los distribuidores la información personal contenida en ellos para fines distintos a los permitidos, en cuyo caso recibirá un certificado "para fines especiales", el que contendrá sólo las obligaciones vencidas y no pagadas del solicitante.

•  Impide comunicar la información relacionada con obligaciones repactadas, renegociadas o novadas, o éstas se encuentren con alguna modalidad pendiente. Asimismo, prohíbe comunicar la información relacionada con deudas contraídas con concesionarios de autopistas por el uso de ésta.

•  Se establece el deber de los distribuidores de datos económicos, financieros, bancarios y comerciales de disponer de un sistema que registre el acceso y entrega de los antecedentes contenidos en ellos, que individualice el nombre de quien los ha requerido, el motivo, la fecha y la hora de la solicitud.

•  Permite al titular de los datos poder solicitar a los distribuidores, gratuitamente y cada cuatro meses, la información contenida en este registro de acceso y entrega referida a sus datos personales.

•  Introduce mecanismos destinados a facilitar el ejercicio de los derechos de los titulares. En este sentido: 

•  Se invierte la carga de la prueba, estableciendo la obligación del distribuidor o responsable de los registros o bancos de datos de probar ante el juez que dio cumplimiento a las normas que rigen el tratamiento y comunicación de datos; y

•  Se establece la obligación de los distribuidores de designar una persona natural encargada del tratamiento de datos, frente a la cual los titulares de datos puedan hacer efectivos los derechos reconocidos en la ley, sin perjuicio de su facultad de iniciar las acciones legales que esta misma reconoce.

¿Qué otros beneficios considera?
Por única vez, se borrarán las obligaciones totales impagas que informe el registro hasta el 31 de diciembre de 2011, siempre y cuando el deudor registre deudas totales impagas por un monto inferior a $2.500.000, por concepto de capital, excluidos intereses, reajustes o cualquier otro rubro. 

¿Qué pasa si las obligaciones impagas totales exceden los $ 2.500.000?
El beneficio de borrar las obligaciones totales impagas no se aplica. Tampoco disminuye en ese monto la deuda impaga.

¿Qué normas regulan el tratamiento de datos personales de carácter económico, financiero, bancario y comercial?
El  artículo 19 Nº 4 de la Constitución y  la Ley N° 19.628. Este último cuerpo es el encargado de regular el tratamiento de los datos de carácter personal, principalmente protegiéndolos, mediante el reconocimiento legal de un catálogo de derechos de los titulares de los datos, cuyo respeto se cautela mediante el establecimiento de una acción judicial, conocida comúnmente como "Habeas Data".



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Breve dramatización que explica esta ley en formato mp3. Le invitamos a descargarla gratis y a difundirla por el medio de su preferencia.


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Ficha básica

Imprima la información esencial sobre este tema :

Leyes asociadas

Leyes que regulan el tema.


Ley N° 20.575
Ley N° 19.628, sobre protección de la vida privada
Ley N° 20.463

Video
Explica los beneficios y alcances de la llamada "Ley Dicom".

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Nota: La información aquí contenida es un material de referencia para entender el funcionamiento de las leyes. En ningún caso debe ser considerada como la ley en sí, doctrina, argumento legal ni sustituto de un abogado. 
Fuente: WWW.BCN.CL



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Derechos y deberes de los pacientes en salud

Derechos y deberes de los pacientes en salud

Preguntas frecuentes que explican en lenguaje ciudadano los principales contenidos de este tema. 


Escuche el texto de esta guía                                           Última actualización: 24 de abril de 2012
El Congreso Nacional aprobó la Ley N° 20.584, que regula los derechos y deberes de las personas en relación con acciones vinculadas a su atención de salud. (esta Ley entra en vigencia el 1 de octubre de 2012)


¿Los derechos de los pacientes son válidos en el sistema público y en el privado?
Los derechos se pueden exigir en ambos sistemas. Asimismo, se aplican respecto a todos los profesionales y trabajadores que se relacionen con público en el marco de atenciones de salud. 

¿Qué dice la ley sobre la atención oportuna y la discriminación?
La ley es clara en señalar que toda persona tiene derecho, cualquiera sea el prestador de salud, a que las acciones de promoción, protección y recuperación se le den oportunamente y sin discriminaciones arbitrarias, en la forma que determine la Constitución y las leyes.

¿Cuáles son los derechos de las personas respecto del trato que reciben de los prestadores de salud?
Derecho a recibir un trato digno y respetuoso en todo momento y circunstancia; que comprende: lenguaje adecuado e inteligible; actitudes que se ajusten a normas de cortesía y amabilidad generalmente aceptadas; y respetar y proteger la vida privada y honra de las personas.

¿Cuáles son los derechos de las personas referentes a la seguridad en la atención de salud?
Toda persona o quien la represente tiene derecho a que los prestadores de salud cumplan las normas vigentes en el país, y con los protocolos establecidos, en materias tales como infecciones intrahospitalarias, identificación, accidentes, errores en la atención y en general a ser informada de cualquier evento adverso durante la atención.


¿Qué derecho garantiza la ley respecto de la compañía al paciente de familiares y seres queridos?
Toda persona tiene derecho a que los prestadores le faciliten la compañía de familiares y amigos cercanos durante su hospitalización y con ocasión de prestaciones ambulatorias, de acuerdo con la reglamentación interna de cada establecimiento. Se podrá restringir cuando sea aconsejable por beneficio clínico. 

Asimismo, el paciente tiene derecho a conserjería y asistencia religiosa o espiritual. 

¿Qué derecho especial se garantiza para las zonas con alta población indígena?
En territorios con alta concentración de población indígena, los prestadores institucionales públicos deben considerar la aplicación de un modelo de salud intercultural, validado ante las comunidades. 


Del derecho a la Información



¿Qué derechos tiene el paciente respecto de la información que recibe?
a) Derecho a que la información sea suficiente, oportuna, veraz, comprensible, en forma visual, verbal o por escrito, respecto a: atenciones de salud o tipos de acciones de salud que ofrece o tienen disponibles los prestadores; mecanismos para acceder y su valor; las condiciones previsionales requeridas para su atención, disposiciones y obligaciones de sus reglamentos internos y formas de efectuar comentarios, agradecimientos, reclamos y sugerencia.

b) Los prestadores deberán colocar y mantener en un lugar público y visible, una carta de derechos y deberes de las personas en relación con la atención de salud.

c) Las personas tienen derecho a que los miembros del equipo de salud tengan una identificación personal visible con la función que desempeñan, así como a saber quien autoriza y efectúa sus diagnósticos y tratamientos.

d) Toda persona tiene derecho a ser informada, en forma oportuna y comprensible acerca de: estado de su salud, del posible diagnóstico de su enfermedad, de las alternativas de tratamiento disponibles y de los riesgos que ello pueda representar, así como del pronóstico esperado, y del proceso previsible del postoperatorio cuando procediere, de acuerdo con su edad y condición personal y emocional. Si la condición de la persona, a juicio del médico, no le permitiera recibir tal información debe ser entregada al representante legal o la persona bajo cuyo cuidado se encuentre. En caso de atenciones de urgencia o emergencia el paciente recibirá la información cuando el médico determine que está en condiciones de recibirla.


¿Qué información debe entregar el médico tratante después de una hospitalización?
Toda persona tendrá derecho a recibir, por parte del médico tratante, un informe legible que, a lo menos, deberá contener: identificación de la persona y del profesional que actuó como tratante principal, el período de tratamiento; información comprensible sobre el diagnóstico de ingreso y de alta, con sus respectivas fechas, y los resultados más relevantes de exámenes y procedimientos efectuados que sean pertinentes al diagnóstico e indicaciones a seguir, y una lista de los medicamentos y dosis suministrados durante el tratamiento y de aquellos prescritos en la receta médica.

Asimismo, el prestador deberá entregar por escrito la información sobre los aranceles y procedimientos de cobro. Toda persona tiene también derecho a que se le extienda un certificado que acredite su estado de salud y licencia médica si corresponde.

¿El contenido de la ficha clínica es público?
No, toda la información que surja de la ficha clínica, de los estudios y demás documentos donde se registren procedimientos y tratamientos a los que fueron sometidas las personas, es considerada como dato sensible y por tanto tiene la calidad de reservada. 

Quienes no estén relacionados directamente con la atención no tendrán acceso a la información. 

Sin perjuicio de lo anterior, podrán tener acceso al contenido de la ficha o parte de ella: el paciente o su representante legal, otra persona habilitada por el titular mediante poder notarial simple y los tribunales siempre que la información contenida se relacione con las causas que conoce, y los fiscales del Ministerio Público y abogados, previa autorización del juez cuando la información se relaciones con las causas que llevan.


Tratamientos y derechos



¿Puede una persona negarse a un tratamiento?
Toda persona tiene derecho a otorgar o denegar su voluntad para someterse a cualquier procedimiento o tratamiento para prolongar su vida artificialmente, pero con ciertas limitaciones: rechazo a tratamientos que puedan implicar la aceleración artificial de la muerte, la eutanasia o el auxilio al suicidio. 

¿Hay algún derecho especial para las personas en estado de salud terminal?
Toda persona en estado terminal tendrá derecho a vivir con dignidad hasta el momento de su muerte.

¿Qué son los comités de ética?
Deberán existir comités de ética en los establecimientos que presten atención cerrada, ya sean autogestionados en red, experimentales, de alta complejidad e institutos de especialidad.

Mediante un reglamento expedido a través del Ministerio de Salud se establecerán las normas necesarias para la creación, funcionamiento periódico y control de los comités de ética, y los mecanismos que permitirán a los establecimientos acceder a comités de ética de su elección, en caso de que no posean o no estén en condiciones de constituir uno.

Los comités de ética analizarán los casos en que los médicos tratantes tengan dudas acerca de la competencia de la persona, o estimen que la decisión manifestada por ésta o sus representantes legales de rechazar un tratamiento la expone a graves daños a su salud o a riesgo de morir.

El paciente, su representante legal o cualquiera a nombre del paciente puede recurrir a la Corte de Apelaciones del domicilio si no está de acuerdo con la recomendación del comité de ética.


¿Qué derechos tienen las personas con discapacidad psíquica o intelectual del paciente?
El profesional tratante debe informar al representante legal del paciente o a la persona bajo cuyo cuidado se encuentre de las razones médicas que justifican no entregar la información al paciente ni el contenido de la ficha cuando aquello corresponda.

En caso de tratamientos invasivos e irreversibles, el médico debe contar con el informe favorable del comité de ética del establecimiento. 

Además, se dispone que las hospitalizaciones involuntarias deberán ser comunicadas a la Secretaría Regional Ministerial de Salud y a la Comisión Regional de Protección de los Derechos de las Personas con Enfermedad Mental.

¿Pueden las personas consultar y reclamar?
Toda persona tiene derecho a efectuar las consultas y los reclamos que estime pertinentes, respecto de la atención de salud recibida. Asimismo, los usuarios podrán manifestar por escrito sus sugerencias y opiniones respecto de dicha atención. El Ministerio de Salud reglamentará los procedimientos para que los usuarios ejerzan sus derechos. Asimismo, deberá asegurar la presencia de los usuarios en los comités de ética.

¿Qué dice la ley sobre medicamentos e insumos?
Los prestadores institucionales, públicos y privados, mantendrán una base de datos actualizada y otros registros de libre acceso, con información que contenga los precios de las prestaciones, de los insumos y de los medicamentos que cobren en la atención de personas. Las personas tienen derecho a recibir una cuenta actualizada y detallada de los gastos en que haya incurrido en su atención.


Deberes de los pacientes



¿Cuáles son los deberes de los pacientes?
a) Respetar el reglamento interno del establecimiento, lo que se hace extensivo a sus representantes, familiares y visitas.

b) Procurar informarse acerca del funcionamiento del establecimiento y sobre los procedimientos de consulta y reclamo establecidos.

c) Cuidar las instalaciones y equipamiento que el prestador mantiene a disposición.

d) Tratar respetuosamente a los integrantes del equipo de salud. Igual obligación corresponde a los familiares, representantes legales y otras personas que los acompañen o visiten. 

e) Tanto la persona que solicita la atención de salud, como sus familiares o representantes legales, deberán colaborar con los miembros del equipo de salud que la atiende, entregando la información necesaria para el tratamiento.

¿Cómo se asegura el cumplimiento de la ley?
Se puede reclamar ante el prestador institucional, el que deberá contar con personal especialmente habilitado para este efecto y con un sistema de registro y respuesta escrita de los reclamos planteados. Si la persona no queda conforme, podrá recurrir ante la Superintendencia de Salud o requerir un procedimiento de mediación.

La Superintendencia de Salud, a través de su Intendencia de Prestadores, controlará el cumplimiento de esta ley por los prestadores de salud públicos y privados.
 
 

Ficha Básica

Imprima la información esencial sobre este tema.

Leyes asociadas

Leyes que regulan el tema.


Ley N° 20.584
Ley N° 19.966
Ley N° 19.937
Ley N° 20.015
Decreto con Fuerza de Ley N° 1, Ley de Isapres

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Trámites asociados



Fuente: Chile Atiende

Más información

En otras instituciones.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 












 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 











 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 



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