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martes, diciembre 17, 2013

 Merkel es investida canciller de Alemania por tercera vez
  
Berlín, dic. 17 (ANDINA). Angela Merkel asumió su tercer periodo consecutivo como jefa de gobierno de Alemania, esta vez al mando de una "gran coalición" formada por conservadores y socialdemócratas, informó la cadena Deutsche Welle.
Angela Merkel es la mujer más poderosa de Alemania.
Angela Merkel es la mujer más poderosa de Alemania.

Dos horas después de su reelección como canciller de Alemania, Angela Merkel prestó juramento ante los diputados del Parlamento.

"Juro dedicar mis esfuerzos al bien del pueblo alemán, trabajar en su provecho, apartar de él los percances, defender la Constitución y las leyes, cumplir cabalmente mis obligaciones y ser justa con todos. Con la ayuda de Dios", fueron sus palabras.

Angela Merkel estará esta vez al mando de una "gran coalición" como la que dirigió en su primer mandato, entre 2005 y 2009.

La líder democristiana obtuvo el respaldo de 462 de los 631 diputados en la votación celebrada en el Parlamento, la mayoría absoluta que necesitaba para asumir su tercera gestión.

Las Uniones Demócrata y Socialcristiana de Merkel (CDU/CSU) quedaron a cinco escaños de la mayoría absoluta y se vieron obligadas a buscar nuevamente de aliado al Partido Socialdemócrata (SPD) después de que quedara fuera del Parlamento el anterior socio de coalición, el Partido Liberal.

Tras cinco semanas de negociaciones, los conservadores de Merkel y los socialdemócratas llegaron a un acuerdo de coalición que recoge importantes reivindicaciones socialdemócratas como el sueldo mínimo, excepciones al retraso de la edad jubilatoria y más facilidades para la doble nacionalidad de hijos de extranjeros.

El acuerdo fue sometido por primera vez en la historia al voto de las bases del SPD, que lo validaron por una amplia mayoría dejando atrás el trauma del peor resultado electoral que encajaron después de la primera alianza con Merkel, en los comicios de 2009.

Tras la elección, Merkel será nombrada nueva jefa de gobierno por el presidente alemán, Joachim Gauck. El jefe de Estado tomará juramento a los 15 ministros entre los que destaca el vicecanciller y el titular de un nuevo "superministerio" de Economía y Energía y el ministro del Exterior Frank-Walter Steinmeier.

Merkel volverá a encargar las finanzas y la defensa de los intereses alemanes en Europa al experimentado Wolfgang Schäuble y confiará la cartera de Defensa por primera vez a una mujer, la hasta ahora titular de Trabajo Ursula von der Leyen.

Tras la ceremonia de juramento de los ministros, Merkel presidirá la primera reunión de gabinete. Para el miércoles tiene previsto pronunciar un discurso sobre la política europea de Alemania ante los diputados y seguidamente viajará a París para efectuar su primera visita al presidente francés, François Hollande.

Conservadores y socialdemócratas reunirán en la próxima legislatura un 80 por ciento de las bancas del Bundestag. La aplastante mayoría ha desatado las alarmas en la diminuta oposición de La Izquierda y Los Verdes, que reclaman más derechos para garantizar el buen funcionamiento de la democracia parlamentaria.

(FIN) INT/JPC
Fuente:dw

Saludos
Rodrigo González Fernández
Diplomado en "Responsabilidad Social Empresarial" de la ONU
Diplomado en "Gestión del Conocimiento" de la ONU
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CORTE SUPREMA RECHAZA RECURSOS DE PROTECCIÓN POR ALZA DE PLANES DE ISAPRE POR PATOLOGÍAS GES

CORTE SUPREMA RECHAZA RECURSOS DE PROTECCIÓN POR ALZA DE PLANES DE ISAPRE POR PATOLOGÍAS GES

Ver resolución (PDF)

 

La Tercera Sala de la Corte Suprema rechazó los recursos de protección presentados por cotizantes del sistema de isapres en contra del alza del precio del plan de salud por concepto de garantías explícitas en salud (GES), ante el ingreso de 11 nuevas patologías.

 

En una de las causas analizadas (causa rol 5042-2013) y en votación dividida, los ministros Sergio Muñoz, Héctor Carreño, Carlos Künsemüller, María Eugenia Sandoval y Gloria Ana Chevesich, resolvieron rechazar el recurso, porque "siendo la determinación del precio GES un proceso altamente técnico y monitoreado, al afiliado le corresponde, por una parte, exigir que el valor fijado por su Isapre se haya ceñido a los parámetros establecidos por la autoridad y esté basado en un aumento de cobertura, no apartándose significativamente de los cálculos efectuados por esta última; y, por otra, accesibilidad a la información fundante del decreto supremo que incorporó las nuevas patologías y mejoras de las anteriores. Acorde a lo expuesto en los considerandos que anteceden, ambos requerimientos han sido satisfechos (…) Que, en consecuencia, al no concurrir los supuestos de ilegalidad ni arbitrariedad en el acto denunciado, no han podido vulnerarse las garantías constitucionales alegadas, todo lo cual conduce a que la acción cautelar intentada deba ser desestimada".

 

El voto en contra, pronunciado por la ministra Chevesich, sostiene, entre otras consideraciones, que: "como la información proporcionada al afiliado resulta notoriamente insuficiente para que pueda aquilatar la razón por la que la institución de salud previsional alzó el precio de su contrato de salud, por la incorporación de nuevas prestaciones al régimen de Garantías Explícitas en Salud, y, con ello, si fue el resultado de una aplicación razonable de la facultad legal establecida en el artículo 206 del Decreto con Fuerza de Ley N° 1, del Ministerio de Salud, de 2005, dado que no permite esclarecer si el nuevo precio se ajusta efectivamente al costo que conlleva la ampliación de la cobertura, lo que importa privárselo de la posibilidad de efectuar una revisión debidamente informada, se debe concluir que la decisión que se impugna en la medida que aparece inmotivada, injustificada, debe ser calificada de arbitraria, lo que autoriza que se acoja la acción constitucional interpuesta".

Ver resolución (PDF)

 

La Tercera Sala de la Corte Suprema rechazó los recursos de protección presentados por cotizantes del sistema de isapres en contra del alza del precio del plan de salud por concepto de garantías explícitas en salud (GES), ante el ingreso de 11 nuevas patologías.

 

En una de las causas analizadas (causa rol 5042-2013) y en votación dividida, los ministros Sergio Muñoz, Héctor Carreño, Carlos Künsemüller, María Eugenia Sandoval y Gloria Ana Chevesich, resolvieron rechazar el recurso, porque "siendo la determinación del precio GES un proceso altamente técnico y monitoreado, al afiliado le corresponde, por una parte, exigir que el valor fijado por su Isapre se haya ceñido a los parámetros establecidos por la autoridad y esté basado en un aumento de cobertura, no apartándose significativamente de los cálculos efectuados por esta última; y, por otra, accesibilidad a la información fundante del decreto supremo que incorporó las nuevas patologías y mejoras de las anteriores. Acorde a lo expuesto en los considerandos que anteceden, ambos requerimientos han sido satisfechos (…) Que, en consecuencia, al no concurrir los supuestos de ilegalidad ni arbitrariedad en el acto denunciado, no han podido vulnerarse las garantías constitucionales alegadas, todo lo cual conduce a que la acción cautelar intentada deba ser desestimada".

 

El voto en contra, pronunciado por la ministra Chevesich, sostiene, entre otras consideraciones, que: "como la información proporcionada al afiliado resulta notoriamente insuficiente para que pueda aquilatar la razón por la que la institución de salud previsional alzó el precio de su contrato de salud, por la incorporación de nuevas prestaciones al régimen de Garantías Explícitas en Salud, y, con ello, si fue el resultado de una aplicación razonable de la facultad legal establecida en el artículo 206 del Decreto con Fuerza de Ley N° 1, del Ministerio de Salud, de 2005, dado que no permite esclarecer si el nuevo precio se ajusta efectivamente al costo que conlleva la ampliación de la cobertura, lo que importa privárselo de la posibilidad de efectuar una revisión debidamente informada, se debe concluir que la decisión que se impugna en la medida que aparece inmotivada, injustificada, debe ser calificada de arbitraria, lo que autoriza que se acoja la acción constitucional interpuesta".

Fuente:

Saludos
Rodrigo González Fernández
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