RODRIGO GONZALEZ : La participación ciudadana es parte esencial de un sistema democrático, Debemos promover el intercambio entre la sociedad civil y el poder establecido.Tenemos cursos Charlas en estas materias disponibles para empresas, Universidades , ONGs tanto nacionales como internacionales .Resrvas Fono 5839786 Santiago, ChileSantiago- Chile
TU NO ESTAS SOLO O SOLA EN ESTE MUNDO Si te gustó un asrticulo compártelo, difundelo, envialo a las redes sociales, facebook, twitter.
martes, septiembre 20, 2005
SERNAC , ¿COMO OPERA?
SE NOS CONSULTA A CERCA DEL SERNAC Y COMO SE DEBEN HACER LAS DENUNCIAS EN DEFENSA DE LOS DERECHOS CIUDADANOS veamos, acá encontramos las respuestas en el propio Sernac en que hay más....
http://www.sernac.cl/frecuentes/index.php#top
¿PARA QUÉ SIRVE EL SERNAC?
Para orientar e informar a los consumidores sobre sus derechos, reconocidos universalmente en las directrices de las Naciones Unidas para la Protección del Consumidor y en la ley N°19.496 de Protección de los Derechos del Consumidor.Para estimular a los consumidores a tomar decisiones conscientes, autónomas, críticas y responsables en sus actos de consumo.
Para desarrollar programas de educación que entreguen la información necesaria para ser un consumidor informado.
Para procurar una relación igualitaria entre proveedores y consumidores.
¿ANTE QUÉ CASOS ACTÚA EL SERNAC?
Ante el reclamo de un consumidor, a través de la mediación.
Ante un hecho que afecte el interés público, a través de una denuncia ante la justicia.
¿HAY ALGÚN PLAZO PARA HACER UN RECLAMO?
Todo hecho que pueda implicar una infracción a la ley N°19.496 debe ser puesto en conocimiento de la justicia hasta seis meses después de acontecido.
De manera preventiva, a través de estudios e investigación.
¿POR QUÉ LOS CONSUMIDORES NECESITAMOS TENER DERECHOS Y DEBERES?
Porque son la expresión de los Derechos Humanos referidos al consumo dentro de nuestra sociedad.
Porque necesitamos hacernos cargo de nuestras acciones en forma responsable y comprometida con los intereses de una sociedad.
Porque la participación ciudadana, a través del ejercicio cotidiano de la defensa de nuestros derechos como consumidores, mejoran la calidad de vida individual y social.
Para que las relaciones de mercado sean más equilibradas y transparentes.
¿CUÁLES SON LOS DERECHOS, DEBERES Y RESPONSABILIDADES DEL CONSUMIDOR?
La ley 19.496 establece derechos y deberes del consumidor, los que a su vez conllevan responsabilidades.
Derechos Deberes Responsabilidades:
1.- Derecho a la libre elección del bien o servicio.
Realizar las operaciones de consumo en el comercio establecido, pidiendo la boleta como respaldo.
Mantener siempre una actitud alerta al comprar, examinando con atención los precios y calidades de los bienes o servicios.
Hacer valer su derecho a la libre elección en todos sus actos de consumo.
Denunciar cualquier hecho que limite el acceso libre a cualquier tipo de producto o servicio.
2.- Derecho a una información veraz y oportuna sobre los bienes y servicios ofrecidos, su precio, condiciones de venta y otras características relevantes de los mismos. Deber de informarse responsablemente.
Exigir la información que le permita comparar y realizar elecciones fundadas, ya sea en precios, condiciones de contratación, sistemas de rotulación.
Leer contratos, etiquetas y rotulados antes de comprar.
Analizar críticamente la publicidad.
3.- Derecho a no ser discriminado arbitrariamente por parte de los proveedores de bienes y servicios.
Exigir un trato digno y respetuoso.
Promover conductas de no discriminación.
4.- Derecho a la seguridad en el consumo de bienes o servicios, a la protección de la salud y del medio ambiente. Evitar los riesgos que puedan afectarle.
Adoptar las medidas para evitar riesgos derivados del uso de bienes o servicios.
Evitar la exposición voluntaria al riesgo.
Leer y entender las instrucciones de los que se consumirá.
Cumplir indicaciones para el uso seguro del bien o servicio.
Elegir aquellos bienes y servicios que garanticen la seguridad y cuidado del medio ambiente.
5.- Derecho a la reparación e indemnización adecuada y oportuna de todos los daños materiales y morales en caso de incumplimiento a lo dispuesto en esta ley. Accionar de acuerdo a los medios que la ley franquea.
No hacer denuncias temerarias en contra de proveedores, sin fundamentos.
Recurrir en primera instancia a una resolución del conflicto con el propio proveedor.
6.- Derecho a la educación para un consumo responsable. Celebrar operaciones de consumo con el comercio establecido.
Buscar los medios para tener educación que permita ejercer un consumo responsable.
CUÁLES SON LAS ÁREAS DE ACCIÓN DEL SERNAC?
Estudios e Investigaciones: se refiere al análisis de diferentes aspectos relacionados con el consumo, como económicos, estudios de productos, y análisis publicitario.
Información y Difusión: son acciones de naturaleza preventiva, ya que ponen a disposición de la población los antecedentes necesarios para tomar una adecuada decisión de consumo.
Educación: se refiere a la colaboración en la educación de consumidores para entregarles una formación básica que les permita adquirir las destrezas y aptitudes necesarias para actuar de modo racional, consciente y responsable en el proceso de consumo. Se realiza a través de la capacitación de profesores para que éstos lo transmitan a sus alumnos, y por medio de cursos, talleres y charlas dirigidas a la población en general o a grupos específicos de ella.
Protección Legal de los Consumidores: se realiza a través de estudios legales, acciones de orientación de los consumidores, acciones de mediación entre el consumidor y el proveedor y en la presentación de denuncias ante Tribunales por infracción a las normas legales que afecten los intereses generales de los consumidores.
SALUDOS, RODRIGO GONZÁLEZ FERNÁNDEZ DESDE CONSULTAJURIDICA.BLOGSPOT.COM
Suscribirse a:
Comentarios de la entrada (Atom)
No hay comentarios.:
Publicar un comentario