Esto es, que la Corte Suprema declare que la resolución que lo condenó o sometió a proceso fue " injustificada, errónea o arbitraria" .Solo a la Corte Suprema corresponde decidir si el error judicial que se pretende resarcir alcanzó o no la extensión o magnitud requerida para estimar que la resolución que se dictó, como consecuencia de esa equivocación, padece del vicio de ser injustificadamente errónea o arbitraria .
La Corte Suprema actúa aquí extendiendo una especie de pase para que la acción civil tenga fundamento. Con esta aceptación el individuo puede demandar.
Entonces la pregunta es: ¿ por que ha operado escasamente este recurso?
Difundan libremente este artículo
CONSULTEN, OPINEN , ESCRIBAN .
Saludos
Rodrigo González Fernández
Diplomado en "Responsabilidad Social Empresarial" de la ONU
Diplomado en "Gestión del Conocimiento" de la ONU
www.consultajuridica.blogspot.com
www.el-observatorio-politico.blogspot.com
www.lobbyingchile.blogspot.com
www.calentamientoglobalchile.blogspot.com
www.respsoem.blogspot.com
CEL: 93934521
Santiago- Chile
Soliciten nuestros cursos de capacitación y consultoría en GERENCIA ADMINISTRACION PUBLICA -LIDERAZGO - GESTION DEL CONOCIMIENTO - RESPONSABILIDAD SOCIAL EMPRESARIAL – LOBBY – COACHING EMPRESARIAL-ENERGIAS RENOVABLES , asesorías a nivel nacional e internacional y están disponibles para OTEC Y OTIC en Chile
No hay comentarios.:
Publicar un comentario